Voto por correo en las elecciones de 2023 ¿Comó funciona?

Como todos sabemos, el 29 de mayo, fueron disueltas las Cortes y se convocaron Elecciones Generales con fecha para el próximo 23 de julio. Aunque a priori no parezca nada del otro mundo, resulta que la elección de esa fecha ha puesto en jaque a millones de Españoles que ya tenían sus vacaciones planeadas y pagadas para el mes de Julio. Más allá del mero hecho de votar, también existe la posibilidad de que nos toque participar en una mesa electoral, con lo que tendríamos que decir adiós a nuestras merecidas vacaciones… Por ese motivo, próximamente elaboraremos otro artículo explicando qué podemos hacer si nos toca una mesa electoral que coincide con nuestro viaje. Pero ahora vamos con el asunto que nos ocupa: cómo solicitar el voto por correo para las elecciones de 2023.

¿Cómo funciona el voto por correo?

Puede parecer que todavía queda mucho para solicitar el voto por correo para las elecciones de 2023 si lo necesitamos, pero ni mucho menos, apenas queda 1 mes para que millones de personas pasen por las urnas y decidan quién será el presidente de España durante los próximos 4 años. Si tienes un viaje programado para esas fechas, una opción para poder ejercer tu derecho al sufragio es el voto por correo, pero para ello debes primero solicitarlo.

¿Cómo solicitar el voto por correo para las elecciones de 2023?

Lo primero que debemos tener claro son las fechas. Por ejemplo, la campaña electoral (digan lo que digan los políticos, que ya están en precampaña) comienza realmente el 7 de Julio y durará hasta el viernes 21 de julio. Como ya todos sabéis, el 22 de Julio se produce lo que es conocido como el “día de reflexión” en el que cualquier tipo de acto político está prohibido… Tras esto, por fin, el Domingo 23 de Julio se producen las elecciones.

El voto por correo viene a ser un mecanismo que nos permite depositar de manera anticipada nuestra elección si no podemos acudir a las urnas en la fecha señalada. Eso sí, para poder acceder al voto por correo hay que cumplir una serie de requisitos. comentando.

La solicitud de voto por correo

En primer lugar debemos acudir de forma presencial a recoger un impreso a la oficina de correo, aunque también se puede acceder al trámite mediante la página web de correo, eso sí, para poder hacerlo, necesitaremos o bien el DNI electrónico, con su correspondiente lector, o tener instalado en nuestro ordenador un certificado digital válido. Las opciones “Cl@ve PIN” o “Cl@ve permanente” no son válidas para este proceso. Por lo tanto, queda respondida la pregunta ¿se puede pedir el voto por correo con clave permanente? No, no se puede. Repetimos: Solamente se puede solicitar el voto por correo con certificado digital o DNI electrónico.

Aclaración extra: este trámite online, el unico admitido, es solo válido para la solicitud, no para depositar el voto.

El impreso para el voto por correo

Una vez tengamos el impreso en nuestro poder, debemos proceder a rellenar e indicar la dirección postal en la que queremos recibir la documentación electoral. Si, amigos, nos van a enviar las papeletas de todos los partidos a los que podemos votar. Como novedad, también se puede solicitar el envío de la documentación al puesto de trabajo. Será la oficina electoral la que nos remitirá toda la documentación.

El momento de votar

Si lo hemos hecho todo bien, en un espacio de varios días recibiremos toda la documentación en la dirección designada (hogar o trabajo) y podremos proceder a emitir nuestro voto. El procedimiento es el mismo: podemos optar por votar en blanco, emitir un voto nulo o bien colocar la papeleta que deseemos en el sobre.

El sobrecito YA CERRADO con nuestro voto, debe ser introducido en el sobre más grande (lo puedes reconocer, porque en este aparece la dirección de la mesa electoral que te ha tocado). Acompañando al voto, debéis introducir también el certificado de inscripción en el censo.

MUCHA ATENCIÓN: No hay que meter más documentación ni papeles dentro o de lo contrario el voto se considera nulo. No obstante, sí que será necesario, en el momento de presentar el sobre en correos, identificarse de qué manera correcta usando cualquier documento válido a tal efecto. DNI, carnet de conducir, pasaporte, etc… 

¿Y si no puedo ir a correos? (enfermedad, impedimentos físicos) 

Os pegamos el extracto de la ley electoral al respecto: “Las personas que soliciten el voto por correo, pero que no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para presentar la documentación electoral, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo”.

¿Puedo ir a votar en persona después?

Evidentemente no, porque ya has emitido tu voto por correo. Estarías votando dos veces y eso no está permitido.

Los plazos del voto por correo

  • Presentación de la solicitud: a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día 13 de julio de 2023, incluido.
  • Envío de la documentación: La Oficina del Censo Electoral enviará la documentación a partir del 3 de julio hasta el 16 de julio.
  • Plazo para depositar el sobre con el voto: El solicitante tendrá de plazo para depositar el sobre desde el 3 de Julio hasta el 19 de julio de 2023.

Conclusión:

Si tenias dudas sobre cómo solicitar el voto por correo para las elecciones de 2023 esperamos haberlas resultado todas. Recuerda que debido a las fechas en las que son las elecciones, seguramente habrá una avalancha de peticiones de voto por correo, así que cuando antes lo hagas, mejor que mejor.

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