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Reclama ya el IRPH de tu hipoteca

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) donde trata al IRPH de una cláusula potencialmente abusiva. Son muchas las familias que pueden llegar a recuperar parte del dinero que el banco les cobró de más al adaptar de manera arbitraria en sus hipotecas dicho índice.

Actualmente los bancos se encuentran expuestos a las reclamaciones por parte de los consumidores. Ya que el IRPH es susceptible de no disponer de la transparencia que se exige en la directiva 93/13 de la CEE. Estas reclamaciones pueden llegar también a aquellas hipotecas que ya se encuentren finalizadas.

¿Qué es el IRPH?

Se trata de un índice alternativo al Euribor, sus siglas significan Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Este índice se elabora por el Banco de España. Y para su cálculo se toma el tipo de interés medio por el cual las cajas y los bancos realizan los préstamos hipotecarios para la compra por parte del cliente de su vivienda habitual. Actualmente se encuentran referenciados al IRPH 1,3 millones de préstamos hipotecarios.

La ventaja que suponía firmar una hipoteca con IRPH en vez de Euribor era su volatilidad, pues se suponía más estable y con menor fluctuación. Pero en contrapartida, se encontraba que el IRPH era más caro. La problemática surge también en la lentitud con la que se refleja la bajada de los tipos de interés. Por esta razón en noviembre de 2013 se dejó de utilizar ya que el BOE ya no publicó más el índice.

¿Cómo saber si mi hipoteca tiene Euribor o IRPH?

Cómo hemos dicho al inicio, en la actualidad existen 1,3 millones de hipotecas a las cuales se les aplica el IRPH. Para saber a qué índice está referenciado el préstamo hipotecario, se recomienda ver la escritura de la hipoteca. Si no se dispone de ella se puede solicitar copia a la entidad bancaria o en su defecto al notario dónde se efectuó la firma, aunque lo más probable es que en este último caso haya que pagar por la copia.

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Una vez disponemos de la escritura de préstamo hipotecario, hay que revisar todas las cláusulas. En una de ellas se podrá leer el índice sobre el cual está referenciado el préstamo.

Otra manera de saber el índice es chequear los recibos que envía la entidad o que se pueden descargar en la banca online y ver el tipo de interés que se está aplicando. Considerando que actualmente el Euribor está en negativo, si el interés es superado por el diferencial contratado, posiblemente la hipoteca esté referenciada al IRPH.

En Rodríguez y Asociados te aconsejamos que si no estás seguro, te pongas en manos de abogados expertos en la materia. Nosotros podemos asesorarte sobre el importe pagado de más, así como la cantidad a reclamar y recuperar.

Pasos a seguir para recuperar lo pagado de más

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, es posible recuperar el IRPH. Para ello se deben realizar varias acciones previas, se deben enviar una reclamación por escrito a la entidad bancaria. Se puede gestionar de manera presencial acudiendo a una sucursal o de manera telemática a través de las páginas webs de las entidades.

Llegados a este punto la entidad puede efectuar respuesta positiva, negativa o no responder en los plazos previstos. En caso de respuesta positiva y favorable la entidad abonará lo reclamado. En el resto de casos, si no responden o lo hacen negativamente, se debe presentar una demanda en los juzgados de Primera Instancia. Que deben ser los mismos juzgados que gestionan los casos de las cláusulas suelo y gastos hipotecarios, por lo que se ha de tener en cuenta que debido a la gran carga de trabajo, suelen tener unos tiempos de espera considerables.

No obstante en el tiempo de espera al juicio, la entidad bancaria puede en cualquier momento aceptar la reclamación del cliente y realizar el pago antes del proceso. Con ello se ahorra las posibles costas que puede suponer una condena. Aunque esto no es lo habitual, pues las entidades bancarias recurren ante  la Audiencia Provincial e incluso el Supremo.

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En caso de llegar a juicio, debe ser la entidad bancaria quien tenga que demostrar en el juzgado que se había informado correctamente al cliente sobre todo los riesgos y efectos de realizar el préstamo hipotecario bajo el IRPH. El problema para las entidades surge porque deben demostrarlo de manera  fehaciente.

¿Pueden reclamar todos los que tengan IRPH?

Según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se indica que no procede limitar temporalmente los efectos de su decisión. Por  lo tanto, aquellas personas tanto físicas como jurídicas que tengan o hayan tenido un préstamo hipotecario referenciado al IRPH, pueden gestionar la parte pagada de más.

Pese a que el tribunal comunitario ha impuesto un criterio diferente al emitido por el Supremo que estaba en vigor hasta la fecha, existe una limitación. Se basa en que no es posible realizar una nueva demanda para aquellos clientes que tengan resuelta por sentencia firme un pleito anterior por los mismos motivos. Dichas sentencias no serán revisables pues se consideran cosa juzgada.

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Es importante trasladar que aunque se demande, el cobro no está asegurado. Pues debe ser el juez de Primera Instancia quien decida sobre el caso. Aunque siempre se puede recurrir ante la Audiencia Provincial, después ante la Sala Primera del Supremo y como último recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

¿Cuánto cuesta reclamar?

Cómo es bien sabido, luchar contra la banca siempre es muy duro, pues agotan todas las vías disponibles antes de indemnizar a los clientes. No obstante no queda más remedio que empezar reclamado de manera extrajudicial y en caso de no tener respuesta satisfactoria demandar judicialmente. En Rodríguez y Asociados somos expertos en derecho bancario y en proteger al cliente ante las cláusulas abusivas de las entidades.

Por esta razón, si eres uno de los 1.3 millones de afectados por el IRPH, no lo dudes, defiende lo que es tuyo, envíanos tus datos pinchando aquí y un abogado experto se pondrá manos a la obra en tu caso.

 

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