plan de igualdad

Qué es el plan de igualdad

Se acerca la fecha máxima en la que las empresas deben de haber negociado con los representantes de los trabajadores un plan de igualdad. Esta fecha es el cercano 7 de marzo. Fecha límite para registrar el plan de igualdad ante la Administración.

Este decreto fue aprobado en el pasado 2019 por el Gobierno previo. En el cual se indica que en las empresas con un número total de trabajadores superior a 150, deben disponer de un programa que promueva la paridad entre mujer y hombre. Además están en la obligación de presentarlo ante el Ministerio de Trabajo o la administración autonómica conveniente.

Según la información que desprende CCOO estos planes de igualdad afectarán a más de un millón de trabajadores. Pero vamos a arrojar más luz al concepto del plan de igualdad

 

¿Qué es el plan de igualdad?

Es un conjunto ordenado de medidas, que se adoptan una vez realizado un diagnóstico de situación, con el fin de disponer en la empresa de la igualdad de trato y de ocasión de promoción entre mujeres y hombres. Para ello se trata de suprimir las desigualdades existentes, así como la discriminación que en base al sexo puedan encontrarse en una empresa. Para combatir esta discriminación es imprescindible definir objetivos concretos a alcanzar, así como las estrategias y gestiones a realizar para obtener su logro. Una vez conseguidos, será necesario establecer sistemas adecuados de seguimiento y evaluación a fin de confirmar que los objetivos fijados para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres se cumplen y en el futuro se seguirán cumpliendo.

Basándonos en el artículo 7.7 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el caso de no cumplir con la citada obligación, puede suponer una grave sanción para la empresa.

 

¿Es obligatorio la realización de un plan de igualdad?

Según se aprobó en el Real Decreto Ley 6/2019, entrará en vigor de forma gradual y ve reducido de 250 a 50 la cantidad de personas necesarias en la plantilla para que sea necesaria la gestión y negociación de un plan de igualdad. Antes de la aprobación del Real Decreto Ley mencionado, las empresas obligadas eran aquellas con más de 250 empleados en plantilla.

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Tal como hemos dicho anteriormente, el plan de igualdad será implantando de manera progresiva de la siguiente manera:

  • Desde el 7 de marzo de 2020, deben de disponer del plan las empresas que cuenten con más de 150 empleados
  • Desde el 7 de marzo de 2021, deben de disponer del plan las empresas que cuenten con más de 100 y hasta 150 empleados
  • Desde el 7 de marzo de 2022, deben de disponer del plan las empresas que cuenten entre 50 y hasta 100 empleados

Además de lo expuesto anteriormente, se hace obligatorio tener un plan de igualdad en dos casos adicionales. El primero, cuando así lo establezca el convenio colectivo aplicable y el segundo, en el caso de que la autoridad laboral hubiese acordado en procedimiento sancionador, la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación del plan de igualdad.

 

¿Cómo se elabora el plan de igualdad?

Tanto las medidas a adoptar como los objetivos, han de ser evaluables. El resultado de dicha evaluación debe de ser pactada con los representantes legales de los trabajadores. Este plan de elabora en la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, donde la empresa ha de entregar toda la información necesaria para ponerla en funcionamiento.

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La evaluación debe introducir como mínimo los siguientes asuntos:

  1. Proceso de selección y contratación
  2. Clasificación profesional
  3. Formación
  4. Promoción profesional
  5. Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre hombres y mujeres
  6. Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral
  7. Infrarrepresentación femenina
  8. Retribuciones
  9. Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

Con este plan, las empresas fortalecen su compromiso en la extinción de la brecha discriminatoria entre mujeres y hombres. Así como en el fomento de la promoción por igual dentro del principio constitucional de igualdad oportunidad entre las personas sin importar su sexo.

 

¿Cuáles son las fases para diseñar e implantar un plan de igualdad?

En este apartado vamos a indicar todas las fases que ha de cumplir un plan de igualdad. Así como las características asociadas a cada ciclo a fin de diseñar un plan de igualdad que cumpla con todos los requisitos indicados por el Ministerio de Igualdad.

Fase 1

En esta etapa se trata de realizar una negociación del diagnóstico y del plan de igualdad. Para ello debemos comunicar fehacientemente la apertura de la negociación y las materias que serán objeto de la misma. Se debe también constituir la Comisión Negociadora y establecer el calendario o plan de negociación. Cómo último punto de esta fase, será necesario llegar a acuerdos beneficiosos para ambas partes.

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Fase 2

Es el momento de elaborar el diagnóstico de igualdad. Por consiguiente es necesario recoger información y analizar la situación de la empresa, identificar si existen situaciones de desigualdad o discriminación. Y en cualquier caso, formular propuestas de mejora de la situación existente.

Fase 3

En la fase 3 se debe diseñar, aprobar y registrar el plan de igualdad, este es la parte más compleja. Pues deben de definirse los objetivos, se han de establecer las medidas que sean evaluables, así como un cronograma a seguir para su cumplimiento. Adicionalmente también se ha de asignar los recursos necesarios para su consecución y registrar el plan de igualdad.

Fase 4

Una vez disponemos de la hora de ruta a seguir, es el momento de ejecutar y realizar un seguimiento exhaustivo del plan de igualdad. Para ello se deben implantar las acciones previstas y realizar seguimiento, tanto del buen desarrollo como de los resultados de la aplicación de las medidas indicadas en el plan de igualdad.

Fase 5

Última fase, momento de evaluar el plan de igualdad. Es el momento de comprobar si se han satisfecho los objetivos, por lo que es necesario analizar los resultados obtenidos así como el grado de consecución. Y lo más importante y que en muchas ocasiones es el gran olvidado…identificar áreas de mejora y aplicar las medidas correspondientes.

Como se puede comprobar es una nueva medida que lleva consigo grandes cambios. Que además deben realizarse correctamente a fin de evitar sanciones a las empresas. Por esta razón, si tienes alguna duda al respecto de este nuevo decreto Ley, ponte en contacto con nosotros. Nuestro departamento especializado te dará la solución que más se adapte a tu negocio. Puedes pinchar aquí y rellenar nuestro formulario de contacto o visitarnos en nuestras oficinas.

 

 

 

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