¿Qué es el modelo 347?

El Modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar determinadas personas y entidades, principalmente empresarios y profesionales, ante la Agencia Tributaria en España. Su objetivo es informar sobre las operaciones con terceros que superen determinado importe durante el año natural anterior.

En resumen, el Modelo 347 es una declaración anual de operaciones con terceros. Debe presentarse antes del 1 de marzo de cada año, informando sobre las operaciones que hayan superado los 3.005,06 euros durante el año anterior, ya sea por entregas o adquisiciones de bienes y servicios.

Entre las operaciones que deben incluirse se encuentran las ventas, las compras y otros servicios realizados con otras empresas o profesionales. Es una declaración informativa, por lo que no implica el pago de impuestos, pero su presentación es obligatoria para quienes estén obligados a ello según la normativa tributaria española.

En resumen, están obligados a presentar el Modelo 347 todas las personas y entidades que, durante el año anterior, hayan realizado operaciones con terceros que superen el importe establecido por la ley.

¿Quién está exento de presentarlo?

Existen algunas excepciones y situaciones en las que ciertos contribuyentes están exentos de presentar el Modelo 347. Algunos de los casos más comunes incluyen:

  1. Personas físicas que desarrollen actividades empresariales o profesionales y que estén acogidas al régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
  2. Empresarios o profesionales que tributen en el régimen especial del criterio de caja del IVA.
  3. Aquellos sujetos que hayan presentado el modelo 340, que es una declaración más detallada de las operaciones, durante el mismo periodo.
  4. Las entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como comunidades de bienes o sociedades civiles, siempre que no estén obligadas a presentar declaraciones informativas por el IRPF.
  5. Las personas o entidades que, en el año natural al que se refiere la declaración, hayan realizado exclusivamente operaciones no sujetas o exentas de IVA, salvo aquellas que hayan sido objeto de renuncia al régimen de exención, así como las operaciones que se hayan realizado con empresarios o profesionales que no actúen como tales en las operaciones correspondientes.
  6. Quienes hayan utilizado el SII (Suministro Inmediato de Información) para declarar operaciones de IVA, ya que en este caso las operaciones se comunican de forma casi inmediata a la Agencia Tributaria.

Es importante tener en cuenta que esta lista no es exhaustiva y que pueden existir otras circunstancias específicas que determinen la exención de presentar el Modelo 347. Se recomienda consultar la normativa vigente y, en caso de duda, consultar con nuestro departamento fiscal.

Plazo de presentación del modelo 347 

El plazo de presentación del Modelo 347 en 2024 sigue siendo el mismo que en años anteriores. La declaración informativa del Modelo 347 debe presentarse ante la Agencia Tributaria antes del 1 de marzo de cada año.

Es importante tener en cuenta este plazo para evitar posibles sanciones o recargos por presentación fuera de término. La presentación del Modelo 347 es obligatoria para aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa tributaria española y que hayan realizado operaciones con terceros que superen los límites establecidos durante el año anterior.

Cómo cumplimentar el modelo 347 de operaciones con terceros

Para cumplimentar correctamente el modelo 347 de operaciones con terceros en España, es importante seguir estos pasos:

  1. Revisión de información: Recopila y revisa toda la información necesaria sobre las operaciones realizadas con terceros durante el año anterior. Esto incluye facturas, contratos, y otros documentos relacionados con las transacciones comerciales.
  2. Identificación de operaciones a declarar: Identifica todas las operaciones que deben ser declaradas en el modelo 347. Estas son aquellas operaciones con terceros que hayan superado un importe total de 3.005,06 euros durante el año natural anterior.
  3. Acceso al programa informático: Accede al programa informático proporcionado por la Agencia Tributaria de España para la cumplimentación del modelo 347. Este programa está disponible en la página web de la Agencia Tributaria.
  4. Cumplimentación de los datos: Introduce los datos de identificación de la empresa o profesional que presenta la declaración, así como los datos correspondientes a las operaciones realizadas con terceros. Es importante ser preciso y asegurarse de que toda la información sea correcta y completa.
  5. Cálculo de los importes: Calcula los importes totales de las operaciones realizadas con cada tercero durante el año anterior. Es importante sumar correctamente todas las transacciones que deben ser declaradas.
  6. Generación del fichero: Una vez completada la información en el programa informático, genera el fichero correspondiente al modelo 347. Este fichero contendrá toda la información necesaria para la presentación de la declaración ante la Agencia Tributaria.
  7. Presentación de la declaración: Presenta la declaración del modelo 347 dentro del plazo establecido por la Agencia Tributaria, que suele ser antes del 1 de marzo de cada año. Puedes presentarla de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o en formato papel en las oficinas correspondientes.
  8. Conservación de documentos: Conserva toda la documentación relacionada con la declaración del modelo 347, así como los justificantes de las operaciones realizadas con terceros, durante el período establecido por la normativa tributaria.

Siguiendo estos pasos, podrás cumplimentar correctamente el modelo 347 de operaciones con terceros y presentarlo dentro del plazo establecido por la Agencia Tributaria en España. Es recomendable contar con el asesoramiento de nuestros profesionales tributarios si tienes dudas o necesitas ayuda en el proceso de cumplimentación.

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