Cómo Ahorrar Más de 2.000 Euros en la Declaración de la Renta

Descubre la estrategia de ahorro que permite a los autónomos reducir su carga tributaria con Hacienda, pero ojo, el tiempo apremia.

El reloj marca la cuenta regresiva para que los contribuyentes ejecuten acciones claves que les permitan enfrentar una Declaración de la Renta de 2024 más benéfica. Los autónomos forman parte de este grupo, y una planificación acertada al cierre del año puede significar un menor pago a Hacienda.

La clave está en los innovadores Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES) para autónomos, surgidos bajo la Ley 12/2022. Esta ley no solo abre la puerta a las empresas para ofrecer planes de empleo, sino que también se extiende a los trabajadores autónomos, colegios profesionales, mutualidades, sociedades cooperativas y laborales, así como administraciones públicas.

Inversiones y Límites

La inversión en PPES es considerablemente mayor que en los planes de pensiones individuales (PPI), con un tope de 5.750 euros anuales para los autónomos, en comparación con los 1.500 euros de los PPI.

Los PPES no solo ofrecen una ventaja fiscal significativa, reduciendo la base imponible del IRPF con las aportaciones (dentro de los límites anuales), sino que también permiten a los autónomos realizar aportaciones adicionales hasta un total de 5.750 euros anuales. Estas aportaciones son deducibles en el IRPF hasta el menor de estos dos montos: el 30% de los rendimientos netos de trabajo y actividades económicas del autónomo o los mencionados 5.750 euros.

Ejemplos Prácticos

Un autónomo con ingresos anuales de 20.000 euros que aporte 1.500 euros a su plan antes de finalizar el año podría reducir su factura fiscal en 360 euros. Si opta por la aportación máxima (5.750 euros), la desgravación podría llegar a 1.380 euros.

En un escenario donde los ingresos anuales asciendan a 40.000 euros, la desgravación para una aportación de 1.500 euros sería de 555 euros, aumentando hasta 2.128 euros con la aportación máxima.

Es fundamental realizar estas aportaciones antes del 31 de diciembre para aprovechar estos beneficios.

Planificación a Largo Plazo

Desde Rodriguez y Asociados también hemos analizado el ahorro a largo plazo. Con una rentabilidad media anual del 3%, un autónomo que aporte 1.500 euros anuales a un PPI acumularía 40.306 euros en 20 años. Si diversifica entre PPI y PPES, la cifra podría ascender a 67.176 euros en el mismo periodo, y hasta 188.503 euros en 40 años.

Con la máxima aportación legal en PPI y PPES, el ahorro en 20 años sería de 154.505 euros, incrementándose hasta 433.557 euros en 40 años.

Actualmente hay 19 PPES para autónomos registrados en la DGSFP, con una tendencia a aumentar. De esta forma, los más de tres millones de autónomos en España tienen una oportunidad dorada para optimizar su ahorro y reducir su carga tributaria en la declaración de la Renta.

Novedades para PYMES y Autónomos en 2024

Nos encontramos en la última fase de 2023, y el próximo año, 2024, traerá consigo una serie de innovaciones significativas para autónomos y pymes. Echemos un vistazo a lo que ya ha ocurrido en 2023 y, lo que es aún más crucial, a lo que se avecina en 2024.

La Cuota de Autónomos en 2024

La gran novedad para los autónomos en 2023 continuará siendo relevante en 2024: la implementación del nuevo sistema de cotización basado en los ingresos reales. Durante su primer año, las cuotas oscilaron entre los 230 euros mensuales para autónomos con ingresos inferiores a 670 euros al mes y los 500 euros para aquellos con ingresos superiores a 6.000 euros. En 2024, se realizarán modificaciones significativas en la tabla de cotización, reduciendo la carga para los tramos más bajos y aumentándola para los tramos superiores.

  • Zona baja de la tabla (tramos 1, 2 y 3): reducción de la cuota entre un 2,1 % y un 3,8 %.
  • Zona intermedia de la tabla (tramos 4, 5 y 6): la cuota mensual permanecerá igual que en 2023.
  • Zona alta de la tabla (tramos 7 al 15): aumento de la cuota mensual entre un 2,5 % y un 6 %.

Accede a toda la información y las tablas de cotización en nuestro artículo sobre la cuota de autónomos.

IVA Franquiciado para Autónomos

Las asociaciones de autónomos y Hacienda están trabajando para implementar la Directiva europea 2020/285, eliminando la obligación de declarar el IVA trimestral para autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros al año. La transposición de esta directiva se espera para enero de 2025 en España, aplicándose a aquellos autónomos que opten voluntariamente por el régimen de franquicia del IVA.

Kit Digital para Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles

Tras las últimas modificaciones en las bases reguladoras del Programa Kit Digital, Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles con objetivos mercantiles pueden solicitar su bono digital. Sin embargo, deben cumplir con obligaciones, como establecer medidas para evitar fraude y cumplir con requisitos generales.

Declaración de la Renta Obligatoria para Autónomos

A partir de 2024, todos los autónomos deberán presentar la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos. Anteriormente, solo aquellos con un rendimiento neto anual superior a 1.000 euros estaban obligados. Esto cambia con el nuevo sistema de cotización desde enero de 2023.

Cuota Cero para Autónomos en 2024: Canarias, Extremadura y Galicia

Canarias y Galicia se suman a las autonomías que ya ofrecen cuota cero para nuevos autónomos. En Canarias, se aplicará desde el 1 de enero de 2024, bonificando el 100 % de las cotizaciones a la Seguridad Social durante los dos primeros años. En Extremadura, se ofrecerá una ayuda de 960 euros al año, y en Galicia, se bonificará el 100 % de las cuotas al RETA durante el primer año.

Factura Electrónica Obligatoria se Retrasa

Aunque la Ley Crea y Crece estableció la obligación de la factura electrónica para autónomos y pymes, su entrada en vigor se retrasa debido a la demora en su tramitación. Se espera que, una vez aprobado el reglamento, autónomos y empresas tengan entre 1 y 2 años para adaptarse, dependiendo de su facturación anual. El incumplimiento conlleva sanciones de hasta 10.000 euros. Mantente informado para evitar contratiempos.

Cambiar de Asesoría al Cierre del Año: Una Guía Práctica

A medida que nos acercamos al final del año, muchos autónomos y empresas consideran cambiar de asesoría para optimizar sus servicios, reducir costos o simplemente encontrar una mejor adaptación a sus necesidades. Cambiar de asesoría puede ser un proceso sencillo si se planifica adecuadamente. En este artículo, exploraremos los pasos esenciales para realizar este cambio sin complicaciones.

Pasos para Cambiar de Asesoría al Cierre del Año:

1. Evaluar Necesidades y Expectativas:

¿Qué Servicios Son Verdaderamente Necesarios?

Haz una lista completa de los servicios que tu empresa requiere. Desde la contabilidad hasta la asesoría fiscal y legal, identifica todas las áreas en las que necesitas asistencia. Considera no solo tus necesidades actuales, sino también las que podrías tener en el futuro cercano.

Identificar Deficiencias en tu Asesoría Actual:

Analiza críticamente tu experiencia con tu asesoría actual. ¿Existen áreas específicas en las que sientes que no se cumplen tus expectativas? Puede ser la falta de atención personalizada, la tardanza en la entrega de informes financieros o cualquier otro aspecto que consideres crucial para el buen funcionamiento de tu empresa.

Definir Requerimientos Específicos:

Una vez que hayas identificado las deficiencias y comprendido tus necesidades actuales, define requisitos específicos para tu nueva asesoría. Por ejemplo, si la puntualidad es crucial para ti, puedes establecer como requisito que la nueva asesoría tenga un historial de entregas a tiempo.

Mapear Futuras Necesidades:

Anticipa las posibles expansiones o cambios en tu empresa. ¿Planeas diversificar tus servicios? ¿Esperas un aumento en el volumen de transacciones? Asegúrate de que la nueva asesoría no solo satisfaga tus necesidades actuales sino que también esté equipada para apoyarte en futuros desarrollos.

2. Investigar Nuevas Opciones:

Cuando te embarcas en la misión de cambiar de asesoría, la fase de investigación se convierte en un componente crítico para garantizar una transición suave y beneficiosa. Aquí hay algunas pautas adicionales para que la investigación sea más completa y te brinde la confianza necesaria en tu decisión:

a. Profundiza en las Especializaciones: No todas las asesorías son iguales, y algunas pueden destacar en áreas específicas. Profundiza en la especialización de las asesorías que estás considerando. ¿Tienen experiencia en la contabilidad para empresas del mismo tamaño que la tuya? ¿Han trabajado con empresas en tu sector? Buscar una asesoría con experiencia específica en tus necesidades puede marcar la diferencia.

b. Explora Tecnologías y Herramientas: La tecnología juega un papel cada vez más importante en el mundo de la asesoría. Investiga qué tipo de herramientas y plataformas utilizan. ¿Ofrecen soluciones digitales eficientes para la gestión contable y fiscal? Una asesoría que aprovecha la tecnología puede hacer que los procesos sean más eficientes y accesibles.

c. Pide Casos de Éxito: Solicita ejemplos específicos de cómo la asesoría ha ayudado a empresas similares a la tuya. ¿Han logrado reducir costos para otros clientes? ¿Han proporcionado soluciones innovadoras que hayan mejorado la situación financiera de sus clientes? Obtener casos de éxito tangibles puede darte una visión más clara de lo que la asesoría puede lograr.

d. Examinar la Cultura Organizativa: Cada asesoría tiene su propia cultura y estilo de trabajo. Programar reuniones con posibles asesores no solo es útil para discutir tus necesidades, sino también para evaluar si hay una alineación cultural. Una relación sólida con tu asesor no solo se trata de números, sino de trabajar eficientemente juntos hacia objetivos comunes.

e. Analizar la Capacidad de Adaptación: El entorno fiscal y normativo puede cambiar, y tu asesoría debe ser capaz de adaptarse. Investiga la capacidad de la asesoría para mantenerse actualizada con los cambios legales y fiscales. Pregúntales sobre cómo abordan los desafíos inesperados y si tienen una estructura flexible que pueda adaptarse a las necesidades cambiantes de tu negocio.

3. Comunicar con Anticipación:

Cuando has tomado la decisión de cambiar de asesoría, uno de los pasos cruciales es comunicar esta elección a tu asesor actual con la mayor anticipación posible. Este paso es esencial para asegurar una transición suave y evitar posibles conflictos innecesarios. La anticipación en la comunicación es una muestra de profesionalismo y cortesía, brindando a ambas partes el tiempo necesario para prepararse y realizar los ajustes correspondientes.

Importancia de la Comunicación Temprana:

La anticipación en la comunicación no solo respeta los términos contractuales, sino que también permite a tu asesor actual comprender tus motivaciones y necesidades. Esto puede abrir la puerta a discusiones constructivas y soluciones alternativas, en caso de que tu decisión esté relacionada con aspectos que podrían mejorarse dentro de la relación profesional actual.

Evitar Problemas y Malentendidos:

Notificar con antelación tu intención de cambiar de asesoría minimiza el riesgo de malentendidos y problemas posteriores. Algunas asesorías requieren un período de notificación específico, como se puede especificar en el contrato existente. Al revisar detenidamente este documento, puedes asegurarte de cumplir con todos los términos y condiciones establecidos, fortaleciendo así tu posición legal y garantizando una transición fluida.

4. Transferir Documentación Relevante:

El paso de transferir documentación relevante durante el cambio de asesoría es crucial para una transición sin sobresaltos. Aquí hay algunas consideraciones adicionales para asegurar que este proceso sea eficiente y seguro:

a) Organización Metódica: Antes de iniciar la transferencia, organiza meticulosamente toda la documentación. Crea carpetas digitales o físicas con etiquetas claras para categorías como registros contables, declaraciones fiscales, contratos, entre otros. Esta organización facilitará la búsqueda y recuperación de información tanto para la antigua como para la nueva asesoría.

b) Respaldo de Datos: Antes de compartir información con la nueva asesoría, realiza respaldos completos de tus datos. Esto actuará como una capa adicional de seguridad y asegurará que no se pierda ninguna información crítica durante la transición.

c) Firmas de Consentimiento: Si es necesario, asegúrate de obtener firmas de consentimiento de ambas asesorías antes de transferir información confidencial. Esto garantizará que todos los involucrados estén al tanto y de acuerdo con la transferencia de datos.

d) Seguridad en la Transferencia: Utiliza métodos seguros para la transferencia de datos, especialmente cuando se trata de información confidencial. Contraseñas seguras, cifrado de extremo a extremo o el uso de servicios seguros en la nube pueden añadir una capa adicional de protección.

e) Verificación y Confirmación: Después de transferir la documentación, verifica con ambas asesorías para asegurarte de que toda la información haya llegado de manera intacta y completa. Esta verificación mutua puede evitar malentendidos y garantizar una transición fluida.

f) Cumplimiento Normativo: Asegúrate de cumplir con todas las normativas de privacidad y seguridad vigentes. Esto incluye seguir las regulaciones establecidas por las autoridades fiscales y cualquier ley de protección de datos aplicable. Mantener la conformidad legal es esencial durante todo el proceso de transferencia.

g) Documentación Adicional: Si hay documentación adicional que no estaba contemplada inicialmente, comunica claramente a ambas asesorías sobre este contenido. La transparencia es clave para evitar lagunas en la información y para permitir una gestión eficiente.

h) Capacitación y Orientación: Brinda cualquier capacitación o información adicional necesaria a la nueva asesoría para asegurar que comprendan la naturaleza única de tu negocio y sus requerimientos específicos. Esto contribuirá a una transición más suave y eficiente.

5. Actualizar Datos Fiscales y Legales:

El paso crucial de actualizar datos fiscales y legales durante el proceso de cambio de asesoría es esencial para garantizar una transición sin contratiempos y cumplir con todas las obligaciones legales. Aquí hay algunas consideraciones adicionales para llevar a cabo este paso de manera efectiva:

a. Información Completa: Proporciona a tu nueva asesoría una información completa y detallada sobre tus datos fiscales y legales. Incluye detalles sobre impuestos, declaraciones fiscales pendientes, estructura legal de la empresa, contratos vigentes y cualquier litigio en curso. Cuanta más información tenga tu nuevo asesor, mejor podrá adaptarse a tus necesidades específicas.

b. Coordinación con Autoridades Fiscales: Asegúrate de coordinar con las autoridades fiscales locales y nacionales para informarles sobre el cambio de asesoría. Actualiza tu información de contacto y cualquier cambio en la estructura legal de la empresa. Esto evitará problemas futuros y garantizará que recibas comunicaciones fiscales y legales de manera oportuna.

c. Cumplimiento Normativo: Verifica que tu nueva asesoría esté al tanto de todos los cambios normativos que puedan afectar a tu empresa. Las leyes fiscales y comerciales pueden cambiar, y es fundamental que tu nuevo asesor esté actualizado para garantizar el cumplimiento normativo continuo. Esto también incluye la comprensión de posibles beneficios fiscales o incentivos que podrían aplicarse a tu negocio.

6. Revisar Contratos y Tarifas:

Al llegar a la etapa crucial de revisar contratos y tarifas al cambiar de asesoría, es esencial realizar este paso con minuciosidad y atención. Aquí hay algunas consideraciones clave que te ayudarán a garantizar una transición fluida y sin sorpresas desagradables:

a. Claridad en los Términos y Condiciones: Antes de firmar cualquier contrato nuevo, dedica tiempo a una revisión exhaustiva de los términos y condiciones. Asegúrate de entender cada cláusula, los plazos del contrato y cualquier obligación específica. Esto proporciona una base sólida para una relación transparente y sin malentendidos.

b. Tarifas y Costos Asociados: Examina detenidamente la estructura de tarifas propuesta por la nueva asesoría. Comprende cómo se calculan los honorarios y si hay costos adicionales por servicios específicos. La transparencia en este aspecto es crucial para evitar sorpresas financieras a lo largo de la relación contractual.

c. Servicios Incluidos y Excluidos: Asegúrate de tener una comprensión clara de los servicios incluidos en las tarifas acordadas. Algunas asesorías ofrecen paquetes completos, mientras que otras pueden facturar servicios adicionales por separado. Conocer estos detalles te permitirá planificar y presupuestar de manera efectiva.

Conclusión:

Cambiar de asesoría puede ser una decisión estratégica para mejorar la eficiencia y reducir costos. Al seguir estos pasos, puedes garantizar una transición sin problemas al cerrar el año. Recuerda que la comunicación abierta y una planificación adecuada son clave para hacer que este proceso sea exitoso.

720 euros más al año por empleado con la propuesta sobre el SMI

Este jueves, representantes del Gobierno, sindicatos y la patronal se reunieron en busca de un consenso para aumentar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2024. Como era de esperar, la reunión concluyó sin un acuerdo definitivo. El Gobierno propuso una cifra que se sitúa a medio camino entre la sugerida por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), que abogaba por un incremento del 3%, y la demanda de los sindicatos, que buscaban un aumento en torno al 10%.

Aunque la propuesta del Gobierno aún no es definitiva, se inclina hacia un punto intermedio entre las posturas de la CEOE y los sindicatos. Se ha planteado un incremento del 4%, ligeramente superior al aumento del Índice de Precios al Consumo (IPC), que inicialmente se consideraba el indicador para determinar el aumento del salario mínimo para el próximo año.

Reacciones tras la reunión

Después de la propuesta empresarial de aumentar un 3% el salario mínimo, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, expresó anteriormente su aprecio por la postura de la patronal, aunque la consideró insuficiente. Según Díaz, al iniciar las negociaciones, es esencial tener en cuenta el aumento del costo de vida durante el año, tomando como referencia la inflación acumulada entre noviembre de 2022 y noviembre de 2023.

En contraste, los sindicatos plantean un aumento cuya cifra aún no está definida, pero que, sin duda, superaría la propuesta del Gobierno y, por supuesto, la de los empresarios. Inicialmente se mencionó una cantidad fija de 1.200 euros, y ahora se está contemplando un 10%, reflejo del aumento que ha experimentado la cesta de la compra en el último año.

En cualquier caso, es cada vez más probable que el acuerdo tripartito se alcance con una propuesta cercana al 4%, similar a la del Gobierno, y que parece ser la que tiene más posibilidades de satisfacer tanto a empresarios como a sindicatos.

En caso de que esto ocurriera, el Salario Mínimo Interprofesional en 2024 se establecería en 1.123 euros al mes, distribuidos en 14 pagas, o 1.310 euros al mes, considerando las pagas extras prorrateadas.

¿Cómo afectaría un aumento del 4% en el SMI a los costos de los autónomos en 2024?

Hasta este año, con el último incremento del Salario Mínimo Interprofesional que entró en vigor en enero, el salario mínimo se fijaba en 1.080 euros al mes distribuidos en 14 pagas, o 1.260 euros al mes durante 12 meses. Bajo estas condiciones y sumando las cotizaciones, el costo por trabajador con el SMI que los autónomos deben afrontar en 2023 asciende a 1.735 euros mensuales, equivalente a 20.820 euros anuales.

Considerando la propuesta actual del Gobierno de aumentar el Salario Mínimo conforme al IPC, el salario mínimo que los autónomos podrían tener que pagar a partir de 2024 se ubicaría en 1.120 euros mensuales en 14 pagas, o 15.680 euros anuales.

Si esta propuesta de aumento se implementara, el salario bruto mensual, calculado anualmente, ascendería a 1,310 euros al mes, al cual se agregarían aproximadamente 500 euros en concepto de cotizaciones. Esto resultaría en un costo total anual para los autónomos de más de 21,500 euros por trabajador.

En consecuencia, si el Salario Mínimo experimentara un aumento del 4%, como actualmente propone el Gobierno, los costos para los autónomos se incrementarían en más de 720 euros anuales o 60 euros mensuales.

¿Cuánto aumentarían los costos de los autónomos si el SMI se elevara a 1,200 euros, como demandan los sindicatos?

Sin embargo, con el aumento propuesto por los sindicatos UGT y CCOO, el impacto sería aún mayor. En este momento, ambas organizaciones estarían sugiriendo establecer el SMI en 1,200 euros al mes en 14 pagas, equivalente a 14,400 euros anuales con las pagas extras prorrateadas.

A esto se le añadiría el costo de la Seguridad Social para la empresa, calculando que los negocios tendrían que abonar 528 euros al mes en cotizaciones, o lo que es igual, 6,336 euros al año por cada empleado en concepto de seguros sociales.

Por lo tanto, el costo total, considerando salario, pagas extra y cotizaciones, que representaría cada empleado con un SMI de 1,200 euros para el negocio, sería de 1,928 euros al mes, o 23,136 euros al año. En este escenario, de aprobarse la propuesta de UGT entre 2023 y 2024, los gastos de cada negocio por empleado aumentarían en 2,300 euros anuales.

Comó pagar menos en la declaración de la renta 2024

La campaña de la Renta de 2024 comienza en abril del próximo año, pero ya es posible tomar algunas medidas para ahorrar en ella. Desde Rodriguez y Asociados Asesores te explicamos como terminar el año pensando en ahorrar en el IRPF del 2014.

1. Amortice su hipoteca antes de fin de año

Si tiene una hipoteca, puede amortizar una cantidad antes de que termine el año para aprovechar la deducción fiscal por compra de vivienda habitual. Esta deducción es del 15 % de lo pagado para comprar la vivienda, con un límite de 9.040 euros. Si está casado o vive en pareja de hecho y declara por separado, el límite es de 18.080 euros.

Por ejemplo, si su hipoteca es de 200.000 euros y ha pagado 10.000 euros en el año, puede amortizar 1.960 euros para llegar al límite de la deducción. Si lo hace, conseguirá pagar menos en la declaración de la renta 2024, se ahorrará 294 euros.

2. Invierta en eficiencia energética

Si realiza obras de eficiencia energética en su vivienda habitual o en una vivienda arrendada para vivienda, puede deducirse el coste de las obras. Estas obras deben terminarse antes de fin de año y cumplir ciertos requisitos, como reducir la demanda de calefacción y refrigeración o mejorar el consumo de energía primaria no renovable o la calificación energética de la vivienda.

La deducción es del 40 % del coste de las obras, con un límite de 9.000 euros y asi podrá pagar menos en la declaración de la renta 2024.

3. Aporte a un plan de pensiones

Los planes de pensiones son un producto de ahorro a largo plazo que permite a los partícipes realizar aportaciones periódicas o puntuales con el objetivo de generar un ahorro para la jubilación.

Una de las principales ventajas de los planes de pensiones es que las aportaciones realizadas a los mismos son deducibles en la declaración de la renta. El límite de la deducción es de 1.500 euros anuales o del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.

Por ejemplo, si un contribuyente percibe 20.000 euros anuales de rendimientos del trabajo, puede deducirse las aportaciones realizadas a un plan de pensiones hasta un máximo de 6.000 euros (20.000 * 0,3).

La deducción por aportaciones a planes de pensiones se aplica en la base imponible general, lo que significa que puede suponer un ahorro fiscal importante. Por ejemplo, si un contribuyente se encuentra en el primer tramo de la escala de IRPF, la deducción por aportaciones a planes de pensiones puede suponer un ahorro de hasta 1.954 euros (6.000 * 0,32%).

4. Realice gastos deducibles

Hay una serie de gastos que son deducibles de la base imponible del IRPF, como los gastos de transporte, los gastos de educación, los gastos de salud y los gastos de vivienda.

Por ejemplo, si paga 1.000 euros al año en guardería, puede deducirse 1.000 euros en la declaración de la renta. De esta manera es como podrá pagar menos en la declaración de la renta 2024

5. Opte por la tributación conjunta

La tributación conjunta es una forma de presentar la declaración de la renta en la que las rentas de los miembros de una unidad familiar se suman y se declaran como una sola renta.

La tributación conjunta puede ser más ventajosa que la tributación individual en los siguientes casos:

  • Cuando uno de los miembros de la unidad familiar tiene rentas bajas o nulas. En este caso, las rentas del otro miembro de la unidad familiar se integran en una base imponible menor, lo que puede dar lugar a una menor cuota tributaria.
  • Cuando uno de los miembros de la unidad familiar tiene una discapacidad. En este caso, se aplica un coeficiente reductor de la base imponible que puede ser mayor en la tributación conjunta que en la tributación individual.
  • Cuando uno de los miembros de la unidad familiar tiene gastos deducibles que superan el límite de los gastos deducibles individuales. En este caso, los gastos deducibles de ambos miembros de la unidad familiar se suman, lo que puede dar lugar a una mayor deducción.

En general, la tributación conjunta es más ventajosa cuando las rentas de los miembros de la unidad familiar son complementarias. Por ejemplo, si uno de los miembros de la unidad familiar tiene rentas altas y el otro miembro de la unidad familiar tiene rentas bajas o nulas, la tributación conjunta puede suponer un ahorro fiscal importante.

6. Done a entidades no lucrativas

En España, las donaciones realizadas a entidades sin ánimo de lucro (ONG, fundaciones, etc.) pueden ser deducibles en la declaración de la renta. El importe de la deducción varía en función de la entidad beneficiaria, pero en general es del 80% de los primeros 150 euros donados y del 35% de la cantidad que exceda de esa cantidad.

Para poder deducir las donaciones en la declaración de la renta, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:

  • La donación debe realizarse a una entidad sin ánimo de lucro.
  • La entidad beneficiaria debe estar inscrita en el Registro de Entidades, Actividades y Fundaciones de Interés Social del Ministerio del Interior.
  • La donación debe realizarse en efectivo, en especie o mediante la adquisición de bienes o servicios.
  • La donación debe realizarse en el ejercicio fiscal en el que se pretende aplicar la deducción.

En el caso de las donaciones en especie, es necesario acreditar el valor de la donación mediante un certificado emitido por la entidad beneficiaria.

Para aplicar la deducción en la declaración de la renta, debe indicar el importe de la donación en la casilla correspondiente.

A continuación, se muestran algunos consejos para donar a entidades no lucrativas para pagar menos impuestos:

  • Investigue las entidades beneficiarias

Antes de realizar una donación, es importante investigar la entidad beneficiaria para asegurarse de que es una entidad fiable y que los fondos donados se destinarán a la causa que le interesa.

  • Consulte con su asesor fiscal

Si tiene dudas sobre la deducibilidad de una donación, consulte con su asesor fiscal.

  • Realice donaciones periódicas

Si realiza donaciones periódicas, podrá beneficiarse de una mayor deducción. Por ejemplo, si realiza una donación mensual de 50 euros, podrá deducir 40 euros al mes.

  • Realice donaciones a entidades de su comunidad autónoma

En algunas comunidades autónomas, las donaciones realizadas a entidades de la comunidad autónoma tienen una deducción mayor.

  • Realice donaciones a entidades que promuevan la investigación científica

Las donaciones realizadas a entidades que promuevan la investigación científica tienen una deducción mayor.

Donar a entidades no lucrativas es una forma de contribuir a una buena causa y, al mismo tiempo, pagar menos impuestos.

7. Aplique las deducciones autonómicas

Para aplicar las deducciones autonómicas en la declaración de la renta, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Revise los datos fiscales de la Agencia Tributaria

Antes de aplicar cualquier deducción autonómica, debe asegurarse de que tiene derecho a ella. Para ello, debe revisar los datos fiscales de la Agencia Tributaria. Puede hacerlo a través de la web de la Agencia Tributaria o presentando una solicitud de datos fiscales en una oficina de la Agencia Tributaria.

  1. Consulte la normativa de su comunidad autónoma

Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa en materia de deducciones fiscales. Por lo tanto, debe consultar la normativa de su comunidad autónoma para conocer las deducciones a las que tiene derecho. Puede encontrar la normativa de su comunidad autónoma en la web de la comunidad autónoma o en la web de la Agencia Tributaria.

  1. Recopilar la documentación necesaria

Para aplicar algunas deducciones autonómicas, es necesario presentar documentación adicional. Por ejemplo, para aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual, debe presentar la escritura de compraventa de la vivienda.

  1. Rellenar la declaración de la renta

Una vez que haya revisado los datos fiscales, consultado la normativa de su comunidad autónoma y recopilado la documentación necesaria, puede rellenar la declaración de la renta. En la declaración de la renta, debe indicar las deducciones autonómicas a las que tiene derecho.

  1. Presentar la declaración de la renta

Una vez que haya rellenado la declaración de la renta, debe presentarla a la Agencia Tributaria. Puede presentar la declaración de la renta de forma presencial, por correo postal o de forma online.

Aquí hay algunos consejos para aplicar las deducciones autonómicas:

  • Revise los datos fiscales de la Agencia Tributaria con antelación. De esta forma, se asegurará de que tiene derecho a las deducciones autonómicas a las que aspira.
  • Consulte la normativa de su comunidad autónoma con atención. De esta forma, evitará cometer errores a la hora de aplicar las deducciones autonómicas.
  • Recopilar la documentación necesaria con antelación. De esta forma, evitará tener que esperar a última hora para presentar la declaración de la renta.
  • Rellene la declaración de la renta con cuidado. De esta forma, evitará errores que puedan ocasionarle problemas con la Agencia Tributaria.

A continuación, se muestran algunos ejemplos de deducciones autonómicas que pueden aplicarse en la declaración de la renta:

  • Deducción por inversión en vivienda habitual

Esta deducción permite deducir una parte del importe de la inversión realizada en la adquisición o rehabilitación de una vivienda habitual. El importe de la deducción varía en función de la comunidad autónoma.

  • Deducción por hijos a cargo

Esta deducción permite deducir una cantidad por cada hijo a cargo. El importe de la deducción varía en función de la comunidad autónoma.

  • Deducción por discapacidad

Esta deducción permite deducir una cantidad por cada persona con discapacidad a cargo. El importe de la deducción varía en función de la comunidad autónoma.

  • Deducción por gastos de guardería

Esta deducción permite deducir una cantidad por los gastos de guardería de los hijos menores de tres años. El importe de la deducción varía en función de la comunidad autónoma.

  • Deducción por donativos

Esta deducción permite deducir una cantidad por las donaciones realizadas a entidades sin ánimo de lucro. El importe de la deducción varía en función de la comunidad autónoma.

8. Revise sus datos fiscales

Para revisar sus datos fiscales, puede hacerlo a través de la web de la Agencia Tributaria. Para ello, necesita tener un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve PIN.

Una vez que acceda a la web, haga clic en el apartado «Personas» y seleccione la opción «Datos fiscales». A continuación, introduzca su DNI o NIE, su fecha de nacimiento y su código postal.

Una vez que completes estos datos, haz clic en «Entrar» y se mostrarán sus datos fiscales.

Debe revisar los siguientes datos:

  • Datos personales

Estos datos incluyen su nombre, apellidos, DNI o NIE, fecha de nacimiento, estado civil, dirección, etc.

  • Rendimientos

Estos datos incluyen los rendimientos del trabajo, los rendimientos del capital mobiliario, los rendimientos del capital inmobiliario, las ganancias patrimoniales y las pérdidas patrimoniales.

  • Deducciones y bonificaciones

Estos datos incluyen las deducciones y bonificaciones fiscales a las que tiene derecho.

Si detecta algún error en sus datos, puede solicitar su modificación a la Agencia Tributaria. Para ello, debe presentar un escrito a la Agencia Tributaria en el que indique la modificación que desea realizar.

También puede solicitar la modificación de sus datos fiscales a través de la web de la Agencia Tributaria. Para ello, debe acceder a la opción «Solicitudes de datos fiscales» y seguir las instrucciones que se le indican.

Es importante que revise sus datos fiscales antes de presentar la declaración de la renta. De esta forma, se asegurará de que su declaración es correcta y que no tendrá que pagar más impuestos de los que le corresponden.

Aquí hay algunos consejos para revisar sus datos fiscales:

  • Compruebe que sus datos personales son correctos.
  • Compruebe que los rendimientos que ha declarado son correctos.
  • Compruebe que las deducciones y bonificaciones fiscales a las que tiene derecho están incluidas en su declaración.
  • Guarde una copia de sus datos fiscales para futuras referencias.

9. Solicite cita previa para presentar la declaración de la renta

Para solicitar cita previa para presentar la declaración de la renta en España, puedes hacerlo a través de las siguientes vías:

  • Por internet

La forma más sencilla de solicitar cita previa es a través de la web de la Agencia Tributaria. Para ello, necesitas tener un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve PIN.

Una vez que accedas a la web, haz clic en el apartado «Cita previa» y selecciona la opción «Declaraciones». A continuación, introduce tu DNI o NIE, tu fecha de nacimiento y tu código postal. También puedes seleccionar la oficina de la Agencia Tributaria que te resulte más conveniente.

Una vez que completes estos datos, haz clic en «Siguiente» y sigue las instrucciones que se te indican.

  • Por teléfono

También puedes solicitar cita previa por teléfono llamando al 901 12 12 24 o al 91 535 73 26.

Cuando llames, indica que quieres solicitar cita previa para la declaración de la renta. A continuación, te pedirán tu DNI o NIE, tu fecha de nacimiento y tu código postal. También te preguntarán por la oficina de la Agencia Tributaria que te resulte más conveniente.

  • En la oficina de la Agencia Tributaria

Si lo prefieres, puedes solicitar cita previa de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria. Para ello, acude a la oficina que te resulte más conveniente y solicita cita previa al personal de la oficina.

Una vez que hayas solicitado cita previa, recibirás un SMS o un correo electrónico con la fecha y la hora de tu cita.

Es importante que tengas en cuenta que la campaña de la Renta 2023 comienza el 6 de abril de 2024 y finaliza el 30 de junio de 2024.

10. Utilice un programa de ayuda

Además de los programas de ayuda de la Agencia Tributaria, existen otros programas de ayuda para la declaración de la renta disponibles en el mercado. Estos programas suelen ser de pago y ofrecen una serie de funciones adicionales, como la posibilidad de acceder a información sobre las deducciones y bonificaciones fiscales de cada comunidad autónoma.

Algunos de los programas de ayuda para la declaración de la renta disponibles en el mercado son los siguientes:

  • TaxScout

TaxScout es un programa de ayuda para la declaración de la renta que ofrece una serie de funciones adicionales, como la posibilidad de acceder a información sobre las deducciones y bonificaciones fiscales de cada comunidad autónoma.

  • TaxDown

TaxDown es un programa de ayuda para la declaración de la renta que utiliza la inteligencia artificial para ayudarte a rellenar la declaración de forma correcta.

  • Taxify

Taxify es un programa de ayuda para la declaración de la renta que ofrece una serie de funciones adicionales, como la posibilidad de obtener un borrador de la declaración.

La elección del programa de ayuda para la declaración de la renta más adecuado dependerá de tus necesidades y preferencias. Si tienes conocimientos informáticos básicos, puedes utilizar el programa de ayuda de la Agencia Tributaria, que es gratuito y ofrece todas las funciones necesarias para rellenar la declaración de forma correcta. Si quieres un programa con más funciones adicionales, puedes optar por un programa de ayuda de pago.

Conclusión

Siguiendo estos consejos, conseguirá pagar menos en la declaración de la renta 2024. Si tiene mas dudas, no dude en ponerse en contacto con Rodriguez Asociados Asesoría, donde podemos ayudarle a ahorrar a la hora de pagar sus impuestos.

Vender un piso heredado sin conflictos

Cuando llega el momento de vender un piso heredado para obtener el mejor precio de mercado, es crucial que los herederos lleguen a un acuerdo para facilitar el proceso. De lo contrario, la situación se complica, con pérdida de dinero en trámites innecesarios. Aunque la decisión final recae en los herederos o incluso en una orden judicial, la venta suele ser la opción a la que se recurre.

Desde el servicio Jurídico de Rodriguez y Asociados Asesoría nos enfrentamos a diversas situaciones y trabajamos para sortear adversidades, asegurando una solución sin complicaciones para nuestros clientes.

Pasos para vender una casa heredada con garantía total:

1️⃣ Reúne los documentos necesarios y acepta la herencia:

Para comenzar, es esencial contar con el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y, en su caso, una copia del testamento. Los herederos deben realizar un inventario de bienes y la escritura de partición de la herencia. La colaboración con una notaría autorizada puede ser valiosa, especialmente si no hay un testamento.

2️⃣ Liquida el impuesto de sucesiones y la plusvalía:

En los primeros seis meses desde el fallecimiento, los herederos deben liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal. Aunque hay una posibilidad de solicitar una prórroga de seis meses adicionales, es crucial asegurarse de realizar la solicitud a tiempo. Para la plusvalía, es recomendable utilizar un simulador de tasación para estimar el valor actual del piso, y también se debe buscar el valor catastral del suelo en la documentación.

3️⃣ Inscribe la casa heredada en el Registro:

Es fundamental inscribir la propiedad heredada a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad. Aunque el trámite suele ser relativamente sencillo, es necesario presentar toda la documentación requerida, que incluye el certificado de defunción, la fotocopia del DNI del antiguo propietario, el certificado de últimas voluntades, la escritura de aceptación de la herencia y la documentación relacionada con los impuestos (pago o solicitud de prórroga).

4️⃣ Contacta con un experto para publicar tu casa:

Con todos estos pasos completados, la propiedad está lista para la venta. Es el momento de contactar con un asesor inmobiliario para vender el piso al mejor precio posible y ahorrar en comisiones. Cualquier duda puede ser resuelta por el experto para garantizar que la operación transcurra sin contratiempos.

Dudas comunes

En cuanto a la pregunta común sobre si es necesario esperar cinco años para vender un piso heredado, desde septiembre de 2021 ya no existe un plazo legal establecido. Por lo tanto, la venta puede realizarse antes de este período.

¿Quién estará exento de realizar la declaración de IRPF en 2024?

Al concluir el año 2023 e iniciar el Año Nuevo, también se da inicio a un nuevo ejercicio económico para Hacienda. El reloj empieza a marcar el inicio de la próxima campaña de la Renta, en la cual numerosos contribuyentes se enfrentarán al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, surge la pregunta: ¿quién estará exento de realizar la declaración de la Renta en 2024? La Agencia Tributaria ha abordado esta cuestión.

Respuesta de Hacienda

En España, aquellos que perciban ingresos salariales o una pensión contributiva de la Seguridad Social, así como aquellos que superen ciertos límites de ingresos, deben presentar el modelo 140 en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) correspondiente al año anterior. El próximo año, 2024, trae consigo novedades tributarias por parte del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Concretamente, los contribuyentes que ganen menos de 22.000 euros al año en rentas del trabajo provenientes de un solo pagador no están obligados a presentar dicha declaración. Lo mismo aplica para aquellos que tengan dos o más pagadores. No obstante, este último grupo enfrenta una novedad.

Cambios en la declaración

El año pasado, el Gobierno elevó de 14.000 a 15.000 euros el mínimo exento de tributación en el IRPF, lo que implica que por debajo de los 15.000 euros no es obligatorio presentar la declaración, y tampoco hay que pagar nada, ya sea a través de retenciones o como resultado de la declaración. Esto afecta a aquellos que, con dos o más pagadores, perciban más de 1.500 euros a partir del segundo pagador; estarán obligados a declarar si sus ingresos superan los 15.000 euros anuales.

Tomando en consideración lo anterior, aquellos que no deben presentar la declaración de la Renta en 2024 son personas con más de un pagador que no superen los 1.500 euros, así como aquellos que no alcancen el límite general de 22.000 euros. Sin embargo, no son los únicos exentos.

Pensionistas excluidos

Un grupo de pensionistas también está exento por ley de presentar la declaración de la renta, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Esto incluye a:

  1. Los beneficiarios de una incapacidad permanente absoluta o de Gran Invalidez.
  2. Aquellos que provengan de las Clases Pasivas y las pensiones de inutilidad.
  3. Las pensiones de orfandad y de viudedad derivadas de actos de terrorismo, cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%, y las pensiones en favor de familiares por incapacidad absoluta de su titular.
  4. Quienes reciban la prestación familiar por hijo a cargo o una prestación derivada de actos de terrorismo también quedan exentos.

CIRCULAR INFORMATIVA 8/2023

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO QUE LA CRISIS ESTÁ SUPONIENDO SOBRE PYMES, MICROPYMES, PEQUEÑOS EMPRESARIOS AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES EN EL MUNICIPIO DE ORIHUELA PARA LA ANUALIDAD 2023.

Estimados Clientes, el ayuntamiento de Orihuela ha publicado las bases de la subvención para la concesión de ayudas con destino a minimizar el impacto económico que la crisis está suponiendo a PYMES, MICROPYMES, PEQUEÑOS EMPRESARIOS, AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES en el municipio de Orihuela para la anualidad 2023.

Os detallamos los REQUISITOS para poder acceder a estas ayudas:

⦁ 1. Que el domicilio fiscal se encuentre en el municipio de Orihuela.
⦁ 2. Que la media de rendimientos netos de los meses por los que se vaya a solicitar la ayuda (comprendidos entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023) sea igual o inferior a la media de rendimientos netos obtenidos en los mismos meses durante la anualidad 2021.
⦁ 3.Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en particular, que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
⦁ 4. Que no tenga deuda de cualquier naturaleza pendiente con el Ayuntamiento de Orihuela cuyo periodo de plazo de pago voluntario haya vencido, requisito que debe cumplirse en la fecha de presentación de la solicitud.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES Y COMPATIBILIDAD DE LA SUBVENCION:

⦁ La cuota de autónomo.
⦁ El alquiler mensual del local de negocio, debiendo figurar como arrendatario la persona física/jurídica de las ayudas.

⦁ Los gastos de intereses de préstamos de adquisición del local del negocio, debiendo figurar como titular de préstamos la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
⦁ 50% de los gastos de energía eléctrica, gas y carburantes necesarios para el funcionamiento y afectos directamente al negocio.

⦁ Serán subvencionables los conceptos de gastos corrientes enumerados con anterioridad, abonados en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023.
⦁ Los conceptos subvencionables anteriores se justificarán mediante facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil y con la documentación acreditativa del pago.
⦁ No se admitirán como justificantes de gastos los albaranes, las notas de entrega, ni facturas proforma.
⦁ No se admitirán como justificantes de pago de los conceptos anteriores los pagos en efectivo.
⦁ Esta administración podrá realizar las comprobaciones oportunas y recabar al solicitante cualquier documento que estime oportuno con el fin de verificar el gasto realizado.
⦁ El IVA y el resto de los impuestos y tasas no son conceptos subvencionables.
⦁ En ningún caso el importe de las ayudas podrá ser superior al importe de los gastos justificados por los beneficiarios.

LA AYUDA MÁXIMA A PERCIBIR SERÁ DE 3.000€

Es por ello que aquellas empresas o autónomos que cumpláis con los requisitos y queráis QUE LA ASESORÍA SE ENCARGUE DE SOLICITAR DICHAS AYUDAS OS ROGAMOS QUE CON CARÁCTER URGENTE NOS LO COMUNIQUEÍS A LA MAYOR BREVEDAD YA QUE EL PLAZO FINALIZA EL PRÓXIMO 20 DE NOVIEMBRE DE 2023.

Para cualquier aclaración o ampliación pueden contactar con nuestro despacho. Atentamente,

Novedades para autónomos y pymes en 2024

A pesar de lo sorprendente que pueda resultar, ya estamos en la recta final del año 2023, y el 2024 se acerca rápidamente, trayendo consigo una serie de novedades importantes tanto para autónomos como para pymes. Por lo tanto, es esencial repasar lo que ha acontecido en 2023 y, aún más importante, lo que se avecina en 2024.

En el año 2024, destacan temas como la cuota de autónomos, el IVA franquiciado, el Kit Digital para Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, la obligación de presentar la Declaración de la Renta para todos los autónomos, la implementación de cuotas cero en nuevas comunidades autónomas y la obligación de usar la factura electrónica. Estas novedades merecen un análisis en detalle para que todos los autónomos y pymes estén bien preparados para los desafíos que les esperan.

Cuota de Autónomos en 2024

La gran novedad que marcó el año 2023 y seguirá siendo relevante en 2024 es la implantación del nuevo sistema de cotización basado en los ingresos reales para los autónomos. En su primer año de implementación, las cuotas variaron desde 230 euros al mes para autónomos con ingresos inferiores a 670 euros mensuales hasta 500 euros para aquellos con ingresos superiores a 6,000 euros.

No obstante, en 2024, se prevén importantes modificaciones en las tablas de cotización. Estas revisiones reducirán la carga para los autónomos en los tramos más bajos y aumentarán las cuotas en los tramos más altos.

  • En los tramos bajos de la tabla de cotización (tramos 1, 2 y 3), la cuota mensual disminuirá entre un 2.1% y un 3.8%.
  • En la zona intermedia de la tabla de cotización (tramos 4, 5 y 6), las cuotas mensuales permanecerán iguales que en 2023.
  • En la zona alta de la tabla de cotización (tramos 7 al 15), las cuotas mensuales aumentarán entre un 2.5% y un 6%.

IVA Franquiciado para Autónomos

Las asociaciones de autónomos y Hacienda trabajan en la transposición de la Directiva Europea 2020/285, que entró en vigor en 2020, con el objetivo de eliminar la obligación de declarar el IVA trimestral para los autónomos que facturen menos de 85,000 euros al año. La Unión Europea exige que esta Directiva se implemente en España antes de enero de 2025, lo que afectará a los autónomos que opten voluntariamente por el régimen de franquicia de IVA. En este régimen, el límite de facturación se establece en 85,000 euros anuales. Aquellos que no superen esta cantidad no tendrán que presentar declaraciones trimestrales ni anuales de IVA y no tendrán que emitir facturas con IVA. La implementación se espera para 2025, y se están estableciendo condiciones y aspectos clave durante 2024.

Kit Digital para Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles

Luego de modificaciones en las bases reguladoras del Programa Kit Digital, las Comunidades de Bienes y las Sociedades Civiles con fines comerciales, las Sociedades Civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida (con menos de 50 empleados) ahora pueden solicitar el Kit Digital. Para beneficiarse de este kit, estas entidades deben cumplir con ciertas obligaciones, incluyendo medidas para evitar el fraude, doble financiación y falsificación de documentación. Se espera que estas medidas clave se establezcan en 2024, y las solicitudes para el Kit Digital se pueden realizar hasta el 31 de diciembre de 2024.

Declaración de la Renta Obligatoria para Todos los Autónomos

Una de las principales novedades en 2024 es que todos los autónomos estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos. Hasta ahora, solo los autónomos que ganaban un beneficio neto anual de al menos 1,000 euros estaban obligados a presentar la Declaración de la Renta. A partir de 2024, todos los autónomos deberán presentar la Declaración de la Renta, incluso si obtienen ganancias nulas o pérdidas en su balance anual.

Cuota Cero para Autónomos en 2024: Canarias y Galicia

En 2024, dos nuevas comunidades autónomas, Canarias y Galicia, se unirán a las que ya han implementado la cuota cero para los nuevos autónomos. En Canarias, esta cuota cero se aplicará desde el 1 de enero de 2024 y eximirá del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social durante los dos primeros años a los nuevos autónomos, independientemente de sus ingresos en el primer año y con la condición de tener ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el segundo año. Los requisitos clave incluyen no haber sido autónomo en los dos años previos, no estar en pluriactividad, no ser autónomo colaborador y no tener deudas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social.

En Galicia, los nuevos autónomos también disfrutarán de la cuota cero a partir de 2024, lo que implica una bonificación del 100% en las cotizaciones al RETA durante el primer año de actividad. Se espera que esto beneficie a alrededor de 10,000 nuevos trabajadores autónomos en la comunidad.

Obligación de la Factura Electrónica para Autónomos y Pymes se Retrasa

A pesar de la Ley Crea y Crece aprobada en septiembre de 2022, que establece la obligación de utilizar la factura electrónica para autónomos y pymes, su entrada en vigor se retrasa debido a demoras en su tramitación. La factura electrónica será obligatoria para autónomos y empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros a partir de 2024 si el reglamento se aprueba en 2023. Aquellos con una facturación anual inferior a 8 millones de euros tendrán hasta 2025 para adaptarse. El incumplimiento de esta normativa puede resultar en sanciones con multas de hasta 10,000 euros.

Conclusión

Como podéis ver, el año 2.024 va a venir cargado de novedades y en Rodriguez y Asociados Asesoría, desde nuestro departamento fiscal y laboral, siempre estamos dispuestos a atender y solucionar cualquier duda que tengáis al respecto.

TGSS extiende el plazo para que los autónomos envíen sus datos hasta marzo de 2024

El Consejo General de Graduados Sociales de España ha anunciado, a través de una nota de prensa, la ampliación del plazo para que los autónomos comuniquen sus datos a TGSS hasta el 31 de marzo de 2024.

Ampliación del Plazo para la Comunicación de Datos

En los últimos meses, la Seguridad Social ha estado enviando cartas a diversos grupos de autónomos, incluyendo autónomos societarios, TRADE (Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes), colaboradores y profesionales colegiados, para recordarles la importancia de comunicar datos relacionados con su actividad, incluso si ya lo habían hecho previamente.

El plazo original para esta comunicación estaba programado para concluir el 31 de octubre de 2023. No obstante, recientemente, el Consejo General de Graduados Sociales de España ha publicado una nota de prensa sugiriendo la posible ampliación de este plazo, la cual se encontraría reflejada en un proyecto de Real Decreto (RD).

Esta ampliación propuesta tiene como objetivo brindar un mayor margen de tiempo a los autónomos, asesorías, gestorías y Graduados Sociales para completar la actualización de la base de datos de trabajadores autónomos. El nuevo plazo se extiende hasta el 31 de marzo del próximo año.

¿Por qué los Autónomos Deben Comunicar sus Datos a la Seguridad Social?

La Ley General de la Seguridad Social establece que los trabajadores autónomos deben informar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sobre cualquier cambio que afecte a su situación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Estos datos son fundamentales para calcular la base reguladora utilizada en el nuevo sistema de cotización por ingresos reales de los trabajadores autónomos. Las modificaciones que deben comunicarse pueden abarcar tanto aspectos personales como profesionales.

Posible Solución a una Carga Burocrática

En ciertos casos, la Tesorería General ya dispone de esta información, lo que generaba desconcierto entre algunos asesores y Graduados Sociales, quienes consideraban que esta comunicación adicional constituía una carga burocrática innecesaria.

Como resultado de reuniones mantenidas con representantes del Consejo General de Graduados Sociales de España, el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migración, José Luis Escrivá, habría alcanzado un acuerdo para posiblemente ampliar el plazo en el cual los autónomos societarios y otros grupos deben cumplir con la obligación de comunicar sus datos, extendiéndolo hasta el 31 de marzo de 2024.

Esta modificación se encuentra detallada en la disposición transitoria tercera de un proyecto de Real Decreto. Esta disposición indica el nuevo plazo de comunicación de datos para los trabajadores por cuenta propia o autónomos inscritos en el Régimen de Seguridad Social.

La disposición transitoria señala que aquellos trabajadores por cuenta propia que, a la fecha de entrada en vigor del RD, estén inscritos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, y deban aportar datos relacionados con su situación que no hubieran comunicado antes del 1 de noviembre de 2023, tendrán tiempo hasta el 31 de marzo de 2024 para cumplir con esta obligación.

¿Qué Autónomos están Obligados a Comunicar sus Datos a la Seguridad Social?

Los autónomos que están obligados a comunicar datos relacionados con su actividad a la Seguridad Social son:

  • Autónomos societarios.
  • Autónomos colaboradores.
  • Autónomos económicamente dependientes (TRADE).
  • Autónomos al frente de una comunidad de bienes o sociedad civil.
  • Autónomos profesionales que están obligados a colegiarse.
  • Autónomos principales con colaboradores a su cargo.

Datos a Comunicar

Los autónomos deben proporcionar datos específicos según su categoría:

Autónomos societarios: Razón social y número de identificación fiscal de todas las sociedades de las que forman parte, porcentaje de participación en el negocio si son consejeros o administradores, y los datos de los familiares convivientes, si los hay.

Autónomos obligados a estar colegiados: Indicar el colegio profesional al que pertenecen.

Sanitarios en el RETA: CIF del pagador si prestan servicios para una empresa privada además de trabajar a jornada completa para el servicio público.

Autónomos con colaboradores a su cargo: Nombre, apellidos y NIF de estos colaboradores.

Cómo Comunicar los Cambios a la Seguridad Social

Los autónomos pueden presentar sus datos electrónicamente, lo que suele ser más rápido y cómodo. Se puede acceder al servicio «Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación de CCC inicial» a través del sitio web de la Seguridad Social. Es fundamental identificarse con un Certificado Digital.

Si un autónomo forma parte de dos o más empresas colectivas, debe comunicar tantas actividades distintas como personas jurídicas o comunidades de bienes de las que forme parte y que determinen su alta en el RETA. Esto se puede hacer a través del servicio «Comunicar nueva actividad» disponible en el Portal de la Seguridad Social.

Alternativamente, los datos también se pueden comunicar a través de un usuario en el sistema RED de la TGSS. Para aquellos que prefieran una tramitación presencial, se recomienda solicitar una cita previa y llevar todos los documentos necesarios para evitar demoras o complicaciones.

Sanciones por Incumplimiento del Plazo

No cumplir con esta obligación podría conllevar sanciones que oscilan entre 70 y 750 euros. Por lo tanto, es fundamental acatar la obligación antes de la fecha límite establecida.