Medidas especiales para formación por Covid-19 en 2022

Recientemente, desde el SEPE, se han ampliado las medidas especiales en formación profesional ante el COVID-19 para el 2022. Se han establecido, para su ámbito de gestión, medidas en materia de formación profesional para incentivar la formación programada por las empresas para el año 2022. Destacan sobre todo, la utilización de aulas virtuales como la formación presencial, la mejora en el uso de medios electrónicos, y un largo etcétera que analizaremos a continuación.

Aula virtual como formación presencial

Una de las medidas más destacadas para este año 2022 es la consideración del “aula virtual” como formación presencial. Se ha tomado esta decisión teniendo en cuenta que en los entornos virtuales existe una interacción entre el tutor-formador y el alumno de forma recurrente y en tiempo real.

Asimismo, la modalidad presencial también podrá impartirse utilizando un sistema de impartición bimodal de forma que una parte de los participantes pueda estar en un aula y simultáneamente otra parte lo pueda hacer en otra, mediante aula virtual de forma simultánea. Esta circunstancia deberá advertirse en la comunicación de inicio del grupo afectado y no supondrá ningún coste adicional a los efectos de la justificación de la subvención.

Medios electrónicos

A los efectos de esta Resolución, todos los interesados, incluidas las personas físicas, deberán relacionarse electrónicamente con el SEPE y, en cuanto entidad colaboradora del mismo, con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

Asimismo, los interesados quedarán obligados a recibir por medios electrónicos las notificaciones y comunicaciones que les dirijan el SEPE o la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

Se permitirá el uso de medios electrónicos para garantizar la asistencia de las personas participantes en las acciones formativas siempre que quede debidamente constatada su identidad.

Comunicación del inicio de la formación

Las comunicaciones de inicio de la formación y la información relativa a cada acción formativa y grupo formativo podrán realizarse hasta dos días antes de la fecha de comienzo de cada grupo.

La cancelación o la modificación de los datos de una acción o grupo formativo que suponga un cambio de horario, fecha de ejecución, o de localidad deberá ser comunicada, en todo caso, con un día de antelación al de la fecha prevista para su comienzo.

La falta de comunicación en los plazos mencionados en los apartados anteriores implicará que el correspondiente grupo de formación se considere «no realizado» a efectos de aplicar la bonificación en las cotizaciones sociales, salvo que la falta de comunicación en plazo se deba a causas imprevisibles, debidamente justificadas y comunicadas en el momento en que se produzcan.

Permisos individuales de formación

Los trabajadores podrán solicitar a sus empresas, durante el ejercicio 2022, permisos individuales de formación para posibilitar la asistencia a las acciones formativas impartidas mediante aula virtual o sistema bimodal.

Tanto la impartición como la asistencia podrán acreditarse mediante certificado de la entidad impartidora o mediante declaración responsable del beneficiario, que deberá comunicarse mediante el sistema telemático.

Conclusiones

Las nuevas medidas vienen a dotar de mayor flexibilidad las acciones formativas bonificadas con cargo a los seguros sociales. Como toda empresa puede beneficiarse de estas formaciones bonificadas, os recordamos que desde Rodriguez y Asociados os podemos ayudar a gestionar dichas bonificaciones. 

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