Las leyes Crea y Crece, así como la ley Antifraude analizadas.

Cambios con respecto a la normativa sobre facturación

Actualmente nos encontramos ante dos reformas que tienen que ver con la facturación, que son la Ley Antifraude y la Ley Crea y Crece. La Ley Crea y Crece habla en el artículo 12 sobre la facturación electrónica entre empresarios y profesionales. Aunque se aprobó en el 2022, estamos pendientes de su desarrollo reglamentario. Tiene como objetivo evitar la morosidad y mejorar los plazos de pagos y también obliga a emitir facturas electrónicas.

¿Qué es La Ley Antifraude?

La normativa, aprobada en diciembre pasado, establece una serie de requisitos para las herramientas y soluciones de facturación con el fin de prevenir la manipulación u ocultación de datos. Su entrada en vigor está programada a partir de julio de 2025. Sin embargo, los desarrolladores de software, deben tener sus soluciones adaptadas nueve meses después de que la orden ministerial entre en vigor.

Esta regulación se aplicará a todos los empresarios y a todas sus operaciones, excepto aquellos que ya estén sujetos al Suministro Inmediato de Información (SII) o aquellos que no emitan facturas. En cuanto a su alcance territorial, se extiende a toda España, excepto a los territorios de régimen fiscal foral, que cuentan con un sistema propio denominado «ticket Bai».

¿Cómo afectan estos cambios a las empresas?

El cumplimiento de estos reglamentos implica una serie de requisitos para las soluciones informáticas: deben generar un registro por cada factura emitida, garantizando trazabilidad, seguridad y conservación; enviar los registros a la AEAT; generar un registro que refleje las modificaciones en el sistema; y certificar mediante una declaración responsable que la solución utilizada cumple con la normativa. Todos estos cambios y procesos serán parte integral de los sistemas informáticos, encargados de enviar estos datos de manera continua, segura, ordenada y automática a la administración.

¿Afectará a la forma de trabajar?

No se conocen los detalles hasta que la normativa se aplique completamente. Es esencial que las empresas comprendan el propósito principal de estas regulaciones, que es prevenir la doble contabilidad, la morosidad y la economía sumergida. Es probable que las empresas deban ser más meticulosas con la información que ingresan y que cualquier cambio o corrección deba quedar registrado. Además, ciertas acciones que antes eran posibles, como el borrado masivo de tipos contables o ejercicios anteriores (últimos 4 años) y la impresión de facturas contables de venta, podrían estar restringidas ahora.

¿Las empresas tienen muchas dudas?

Una de las preguntas más comunes se refiere a la posibilidad de eliminar ejercicios anteriores. Según la nueva ley, no es posible eliminar ningún ejercicio que esté dentro de los últimos 4 años. Otra pregunta frecuente es cómo manejar las facturas que requieren validación del cliente para evitar rectificaciones. Por esta razón, se ha introducido la factura borrador o pre-factura, que tiene el mismo formato que una factura estándar pero carece de validez y no es definitiva. Esta factura puede ser modificada, corregida o eliminada, y luego convertida en una factura definitiva que sí debe cumplir con todos los requisitos necesarios.

¿Qué consejos podemos dar a las empresas ante los cambios?

Es importante mantenerse informado sobre la fecha en que la nueva normativa entrará en vigor y considerar la implementación de una herramienta de facturación adecuada. Desde Rodriguez y Asociados Asesoría aconsejamos evaluar las distintas opciones disponibles para seleccionar aquella que mejor se ajuste a sus requisitos y que cumpla con la normativa en todo momento.

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