La banca, acorralada por usura y falta de transparencia en las ‘revolving’
Los tribunales están presionando a la banca debido a prácticas consideradas usureras y a una falta de transparencia en la venta de tarjetas revolving. En febrero pasado, el Tribunal Supremo estableció un criterio para determinar si estos créditos son abusivos: cuando los tipos de interés de los bancos superan en seis puntos porcentuales la TAE media de este tipo de productos. Desde entonces, los juzgados han estado emitiendo fallos sobre casos pendientes y recursos presentados por la banca, y la mayoría de las sentencias están resultando desfavorables para las entidades financieras.
Cambio de tendencia
Inicialmente, los bancos acogieron con entusiasmo la decisión del Tribunal Supremo porque esperaban beneficiarse de ella. Sin embargo, la mayoría de los fallos emitidos desde febrero han sido desfavorables para la banca, ya que los tipos de interés aplicados superan el límite de seis puntos establecido. El criterio de usura se basa en consultar los precios medios de estos productos ofrecidos por el Banco de España desde 2010 para un año específico y agregarles seis puntos porcentuales. Si el tipo de interés contratado se encuentra dentro de ese rango, el préstamo se considera válido. Por otro lado, si lo supera, se considera usurario. Aunque cada sentencia aborda un caso y una fecha diferentes, en términos generales, las tarjetas revolving con tipos de interés que superan el 26%, 27% y 28% están siendo consideradas como usurarias.
No solo cuenta el interés
Incluso cuando los bancos superan el umbral de usura, están encontrando dificultades. En muchos fallos judiciales, los jueces no consideran los contratos como abusivos, pero fallan a favor de los clientes debido a la falta de transparencia por parte de las entidades financieras. Según las resoluciones revisadas, muchos acuerdos están siendo anulados porque la información proporcionada no es clara o no explica adecuadamente «el funcionamiento del producto de manera que permita al cliente comprender el coste económico de la transacción», según lo expresado por la Audiencia de Navarra en una sentencia emitida el 31 de mayo de 2023. En muchos casos, los contratos se invalidan debido a la abusividad relacionada con el sistema de amortización del préstamo o la comisión aplicada.
Además, los jueces han aclarado los casos en los que las entidades crediticias modifican los tipos de interés, ya que los contratos son de duración indeterminada. En tales situaciones, el límite de seis puntos sigue siendo aplicable, lo que ha llevado a los tribunales a anular únicamente aquellos porcentajes de interés que superan dicho margen.
Prácticas cuestionables
Así, los jueces están centrando su atención en la cuestionable práctica de los bancos al ofrecer tarjetas de crédito revolving. Estos productos financieros han sido objeto de controversia en los últimos años debido a sus características particulares, que pueden resultar confusas para algunos clientes y provocar deudas significativas.
Las tarjetas revolving permiten contratar una línea de crédito para realizar compras, pero el dinero gastado durante el mes no se reembolsa al banco de una vez, sino que se aplaza y se devuelve en cuotas mensuales que generan intereses, generalmente elevados, que superan el 20%. La particularidad de estos créditos radica en que la línea de crédito se renueva cada mes, lo que significa que el dinero vuelve a estar disponible para gastar. Si el cliente realiza nuevas compras, aumentará el saldo de la deuda y los intereses. El Banco de España advierte que uno de los riesgos para el cliente es que, si las cuotas mensuales son demasiado bajas, acabará pagando pequeñas cantidades durante un largo período, lo que generará un gran volumen de intereses.
De acuerdo con las normativas de buenas prácticas establecidas por el Banco de España, las entidades que ofrecen créditos revolving tienen la obligación de proporcionar información clara y comprensible a los clientes antes y después de la formalización del contrato. En este sentido, el regulador establece que deben detallar minuciosamente las operaciones realizadas para reflejar la deuda pendiente. Además, en situaciones donde la amortización del capital se extienda en el tiempo, los bancos deben informar de manera regular sobre el plazo estimado de amortización, el monto de la cuota mensual que permitiría liquidar la deuda en un año y posibles escenarios de ahorro al aumentar la cuota.
La banca se juega millones
El sector bancario enfrenta una creciente ola de reclamaciones, especialmente en relación con las tarjetas revolving. Según las estadísticas del Banco de España, las quejas asociadas a estas tarjetas se han incrementado considerablemente en los últimos años, aumentando de 204 en 2018 a 10.132 en 2021 (último dato disponible), lo que representa un aumento de 50 veces. Esta tendencia refleja el elevado riesgo financiero para los bancos, ya que las sentencias que se emitan podrían tener un impacto significativo en sus balances. De hecho, algunas entidades han destinado provisiones millonarias para cubrir posibles pérdidas derivadas de litigios relacionados con estas tarjetas. Según datos del supervisor bancario, el saldo total de crédito revolving alcanzó los 11.806 millones de euros al cierre de junio, marcando así el nivel más alto registrado en lo que va del año.