Comienza la campaña de Renta 2022

Desde el día 11 de Abril, la Agencia Tributaria pone en marcha la nueva campaña de la declaración de la Renta que se durará hasta el 30 de junio

Como cada año por estas fechas, millones de españoles están llamados a presentar el modelo 100 del IRPF, o lo que es comúnmente conocido como “hacer la declaración de la renta”. Este año, además, con algunas novedades, como por ejemplo, que los trabajadores que hayan percibido menos de 22.000 de un mismo pagador, no estarán obligados a realizarla. 

Por otro lado, los trabajadores que hayan tenido dos o más pagadores, siguen en la obligación de realizar la renta, pero con algunas excepciones. Por ejemplo, si el ingreso principal no supera los 14.000 euros y los restantes los 1.500, tampoco estarán obligados a realizar la declaración de la renta.

¿Que es la Declaración de IRPF?

Como sus siglas indican, el IRPF es el “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”. O lo que es lo mismo, el pellizco que se lleva hacienda de lo que ganamos al año todos los españoles. Como estamos en el año 2023, la campaña de la renta corresponde con los ingresos que hemos obtenido en el año 2022. Tradicionalmente la renta se realizaba entre el 1 y el 30 de Junio, sin embargo, desde hace algunos años, es posible realizar la presentación telemática de la misma, vía internet desde el 11 de Abril. De hecho, actualmente se calcula que 9 de cada 10 declaraciones se presentan de esta manera.

Ojo con las fechas

Si, cuidado con las fechas, porque si el resultado de la declaración es a ingresar, el plazo no finaliza el 30 de Junio, si no el día 27 del mismo mes. Asimismo, las declaraciones tambien se podrán realizar a través del teléfono, pero solamente desde el 5 de Mayo. No obstante, aconsejamos no realizarlo de esta manera, ya que el coste de la llamada es excesivo. En torno a los 20 euros por 15 minutos de comunicación. Y si tenemos en cuenta que no hay revisión de la misma, recomendamos que por un poco más de dinero, se acuda a un profesional (una asesoría como Rodriguez y Asociados) donde poder comprobarla y aprovechar todas las deducciones fiscales. 

El borrador de la renta

Igualmente, desde el día 11 de Abril, ya se puede solicitar el borrador de la Renta 2022-2023. Para acceder al borrador de la Renta resulta necesario disponer de certificado electrónico o DNIe con los datos del titular. Una vez identificado, la sede electrónica de la Agencia Tributaria le generará el borrador con la información que dispone del contribuyente. Posteriormente.

Pero os recordamos que los datos que aparecen en el mismo, son los que hacienda tiene disponibles, que no por ello, coinciden con la realidad. Motivo este por el cual se recomienda acudir a un profesional antes de validar el borrador. Es importante destacar, que aunque el borrador lo confecciona hacienda, nosotros y solamente nosotros, somos responsables de lo que pone en él. Por lo tanto, si lo confirmamos y después hay errores, será siempre culpa nuestra y deberemos afrontar la correspondiente sanción.

¿Cuánto pagamos de impuestos?

Para poder calcular lo que pagaremos, debemos conocer en qué tramo nos encontramos. Evidentemente, cuantos más ingresos tengamos, mayor será la carga fiscal. Os ponemos a continuación dichos tramos.

  • Hasta 12.450 euros | Retención del 19%
  • Desde 12.450 hasta 20.199 euros | Retención del 24%
  • Desde 20.200 hasta 35.199 euros |Retención del 30%
  • Desde 35.200 hasta 59.999 euros | Retención del 37%
  • Desde 60.000 hasta 299.999 | Retención del 45%
  • Más de 300.000 euros | Retención del 47%

¿Es mejor hacerla individual o conjunta?

Pues depende de cada caso. Lo ideal es realizar dos simulaciones, una por cada supuesto y elegir la más ventajosa. Por normal general, la progresividad del impuesto hace que en los supuestos en los que ambos cónyuges cuentan con rentas la tributación individual sea la modalidad más beneficiosa.

No obstante, cuando uno de los cónyuges no percibe remuneración por su trabajo o que ésta sea muy baja, la declaración conjunta suele ser la mejor opción.

Cómo pedir cita para hacer la declaración en nuestra asesoría.

Para la confección de la renta, y obtener los datos fiscales que constan en la agencia tributaria para su revisión es NECESARIO E INDISPENSABLE proporcionarnos:

Si se ha realizado la renta en el año anterior  la referencia catastral de la vivienda habitual, la fecha de validez del DNI, y la casilla 505 de la Renta 2021

En caso de no haber presentado declaración, en lugar de la casilla 505, se nos proporcionará una cuenta corriente a nombre del titular.

  • CENTRALITA PRINCIPAL: 966 736 839
  • WhatsApp: 670 204 256
  • Correos de contacto:
  • Fiscal: fiscal@rodriguezyasoc.com


Calendario de la Renta  2022/2023

A continuación destacamos las fechas facilitadas por la Agencia Tributaria para la campaña de la Renta 2022:

11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.

5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).

1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio)

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