CIRCULAR INFORMATIVA 21/2021

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA EL AÑO 2021


Estimados Clientes, el pasado día 29 de septiembre de2021 se publicó el Real Decreto 817/2021 por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el 2021.


El nuevo importe vigente es efectivo desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2021 y asciende a la cantidad de 965,00 euros brutos al mes o 13.510,00 euros brutos anuales.


Este nuevo importe de salario no modifica el salario de los empleados que aplicando el salario base del convenio más los complementos y pagas extras, dicho salario NO ALCANZASE EL MÍNIMO ANUAL DE LOS 13.510,00 EUROS PARA UN TRABAJADOR A JORNADA COMPLETA. En caso contrario deberá incrementarse el sueldo para alcanzar como mínimo el citado importe.


En el caso de trabajadores a tiempo parcial, los cálculos se realizarán en proporción a la jornada efectivamente trabajada.


Por ello, les comunicamos que, desde esta asesoría vamos a proceder a actualizar las retribuciones salariales de aquellos trabajadores que estén por debajo del SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL, con el fin de que las retribuciones salariales estén acorde a lo establecido en este Real Decreto.


Para cualquier aclaración o ampliación pueden contactar con nuestro despacho.
Atentamente,

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