Consecuencias de trabajar sin contrato

¿Qué puede ocurrir si tengo trabajadores sin contrato?

Trabajar sin contrato no es una opción en ninguno de los casos. Sin embargo, en muchas ocasiones las empresas proponen ofertas de trabajo sin contrato. La gran mayoría de estas empresas desconocen lo que puede ocurrir si esto sale a la luz. Este hecho puede hacer que la empresa que tiene los trabajadores sin contrato arrastre consecuencias legales. Además de multas y otros problemas graves. En cualquiera de los casos nunca es recomendable tener a trabajadores sin contrato. A través de la lectura de este post te contaremos todo lo que la Ley dice al respecto. Gracias a ello podrás evitar futuros problemas, tanto si eres trabajador de una empresa como a tu ficha laboral, en el caso de que seas la persona que está prestando los servicios. Este artículo te ayudará a aclarar las consecuencias reales de tener a trabajadores sin contrato.

 

El contrato de trabajo de forma escrita o verbal

 

La relación laboral comienza a partir de cuándo se empieza a trabajar para un empresario. De forma independiente a si has firmado o no un contrato de trabajo. Las obligaciones pueden existir antes, si se firma un precontrato laboral. Que incluso si no se cumple como se especifica se puede pedir una indemnización por ello. Y, aunque esto es desconocido por muchas personas. El contrato de trabajo puede formalizarse no solo de forma escrita. Sino que también se puede acordar de forma verbal en España. De esta forma, se especifica en el artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores.

 

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Lo que debe quitar el sueño al trabajador no es si el contrato ha sido firmado o no. Lo fundamental es si el empresario le ha dado de alta en la Seguridad Social. En caso de duda, podrá corroborarlo pidiendo un informe de vida laboral en la Seguridad Social. En el caso de que la empresa en la que ha sido contratado no le haya dado de alta en la Seguridad Social. El trabajador tendrá que presentar una denuncia en inspección de trabajo. Aquí deberá de exigir el alta en la Seguridad Social.  Y, además, la empresa tendrá una multa.

 

¿Por qué el empresario recibe una multa por tener a los trabajadores sin contrato? ¿Dónde denunciar en caso de trabajadores sin contrato?

 

El empresario recibe una multa ya que la empresa que tiene a los trabajadores sin contrato no paga los impuestos que se requieren por trabajador contratado. Por este motivo, el empresario está cometiendo un delito. Si una inspección se da cuenta de que los trabajadores están llevando a cabo actividades laborales sin contrato o bien, con él, pero con cláusulas que discrepa las acciones que lleva a cabo el trabajador. Se contemplaría la posibilidad de un fraude laboral, por lo que se realizaría una sanción especial.

 

Además de las sanciones que se le pueden aplicar al empresario por tener trabajadores sin contrato, a los trabajadores que aceptan esto, también pueden tener consecuencias. Sumado a esto, hay que añadir que el trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo y poner una denuncia. Y aunque la denuncia formulada por el trabajador no sea al cien por cien verdad. Simplemente por el hecho de que aceptes al trabajador en tu empresa y ponga la denuncia. Si esta persona no tiene contrato puede traerte graves problemas.

 

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¿Qué ocurre si un trabajador no tiene contrato y quieres despedirlo?

 

Por cuestiones obvias los trabajadores que no disponen de un contrato tendrán menos derechos que cualquier trabajador que sí que tiene contrato.  A pesar de esto, los trabajadores que no tienen contrato pueden sujetarse a las cláusulas de un contrato verbal. Sin necesidad de que en algún momento esto se haya llevado a cabo. Si como empresario te planteas despedir a un trabajador que no tiene contrato. Debes de contar con que éste puede acudir a la Inspección del Trabajo y denunciarte por ello. En esta situación el trabajador tiene cierta ventaja sobre el empresario. Esto se debe a que el trabajador se sujeta a que estaba trabajando con un contrato verbal. Y por ello el peso recae de forma directa sobre el empresario.

 

Con todo esto sobre la mesa, el trabajador podrá ser contratado de nuevo con el salario y el contrato escrito. Incluso se puede dar el caso de que se contemple una indemnización al trabajador por despido improcedente. Ya que en estas situaciones el trabajador no recibirá carta de despido. En el peor de los casos, el trabajador puede que no sea indemnizado. Sin embargo, tendrá en su mano el poder demandar a la empresa. Y la empresa deberá de ponerse al corriente de las cotizaciones de la Seguridad Social de los años que un juez determinado especifique.

 

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En cualquiera de los escenarios recomendamos que se consulte previamente con un grupo especializado en estos temas. En Rodríguez y Asociados estamos completamente cualificados para poder ayudarte en esta área. Llevamos muchos años trabajando en estas cuestiones y somos profesionales en todos los aspectos legales que le confiere a este tipo de contratos. Para no correr riesgos lo más sencillo y a la larga económico es que te pongas en contacto con nosotros a través de nuestra página web pinchando aquí. O llamando a nuestro número de teléfono. Estaremos encantados de poder ayudarte en lo que necesites.

 

Si te ha interesado este post es muy probable que quieras conocer más sobre los contratos y los tipos de contratos. Para ello consulta nuestro artículo dedicado a ello pinchando aquí.

 

Sanciones por tener a un trabajador sin contrato

 

El tener a un trabajador que no tiene contrato en España, es sinónimo de delito. En el artículo 311 del Código Penal y en el Real Decreto Legislativo se aclara que «son infracciones laborales las acciones u omisiones de los empresarios contrarias a las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de relaciones laborales, tanto individuales como colectivas».

  • Las multas que se pueden imponer pueden ser de entre 3.100 y 10.000 euros.
  • El empresario asumirá el pago de las cuotas de la Seguridad Social no abonadas durante el tiempo que el trabajador está realizando el trabajo.
  • El empresario perderá el derecho a las ayudas públicas concedidas y la posibilidad de acceder a bonificaciones durante los próximos dos años.
  • Dependiendo de ciertas condiciones, el empresario puede verse inmiscuido en penas de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a doce meses.

 

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