El DUA, o Documento Único Administrativo
La revolución de la venta Online ha llevado a muchas pequeñas empresas a lanzarse al mercado internacional, algo impensable hace 20 años, por ejemplo. Sin embargo, a medida que profundizan en esta área, se van encontrando problemas, trabas, etc… algo normal siempre que se inicia una nueva andadura empresarial. Por ese motivo, hemos elaborado este documento, para aclarar algunas cosas sobre un documento que genera muchas dudas sobre su utilización. El DUA.
Toda empresa que realiza comercio internacional de bienes, debe tener en cuenta que existen ciertos trámites, en materia de aranceles, información e impositivos, que debe cumplir. Precisamente, el DUA es una documentación imprescindible para el comercio entre países de la zona EURO o terceros países.
¿Qué es el DUA?
Las siglas de DUA corresponden a Documento Único Administrativo. Se trata de un modelo de declaración de carácter obligatorio, que se ha de cumplimentar para poder llevar a cabo operaciones de comercio internacional de mercancías, bien de importación o exportación, ante las autoridades aduaneras.
Por otro lado, el mismo DUA sirve como base para la declaración tributaria sobre estas operaciones a Hacienda y proporciona información sobre la mercancía. Por lo tanto, en este documento se deben incluir una relación completa de datos referentes a la transacción comercial, incluyendo, entre muchos otros:
- Los datos de país de origen y destino.
- Las características de la mercancía.
- Los datos de identificación del exportador e importador de las mercancías.
- Los medios de transporte utilizados.
Por lo tanto, podríamos decir que se trata de un documento que aúna todos los certificados administrativos requeridos, para las operaciones de comercio internacional.
Un documento único con pegas
Puede parecer una idea muy buena, sin embargo, presenta la siguiente pega. Al utilizarse para una gran cantidad de procesos burocráticos, tiene un carácter bastante denso. No en vano, consta de un total de ocho páginas, así como una última página adicional, denominada “Levante”, que es una parte del documento de uso nacional mediante el cual se autoriza la retirada o el embarque de mercancías.
¿Quién debe presentar el DUA?
Hay dos tipos de personas cualificadas para presentar el DUA. El importador, es decir, la persona responsable, que recibe los bienes y mercancías. También el exportador, es decir, la persona responsable que envía las mercancías.
El DUA es obligatorio siempre que se lleven a cabo operaciones internacionales de intercambio de mercancías.
En este sentido, afecta tanto a las exportaciones, como a las importaciones de bienes; si bien el ejemplar a utilizar varía en función de hasta ocho casuísticas diferentes.
Por otro lado, las operaciones dentro de la Unión Europea reciben la denominación de expedición, en lugar de exportación. Sin embargo, también requieren la cumplimentación del DUA.