CIRCULAR INFORMATIVA 17/2021

REGULARIZACION DE LOCALES INDUSTRIALES AFECTOS A ACTIVIDADES ECONÓMICAS: AMNISTÍA URBANÍSTICA PARA INDUSTRIAS

Estimado Cliente,

Le recordamos que en el año 2019 entró en vigor una modificación de la Ley Urbanística de la Comunidad Valenciana (LOTUP) que establecía un procedimiento para posibilitar, durante un periodo máximo de tiempo, la legalización de actividades industriales y productivas que se encuentren en suelo no urbanizable. En principio, se trataba de un plazo de UN AÑO desde la entrada en vigor de la disposición, es decir, antes del 1 de marzo de 2.020. Esta fecha, fue posteriormente prorrogada hasta 31/12/2021.

Según esta disposición, las actividades industriales y productivas existentes y en funcionamiento sobre suelo no urbanizable que no se ajusten a la legalidad, deberán obtener autorización ambiental (anterior licencia de actividad) y de funcionamiento exigida por la Ley 6/2014 de 25 de julio de la Generalitat de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunidad Valenciana. Además, según establece la nueva disposición transitoria, si en el plazo establecido no se legaliza la actividad, ésta deberá dejar de ejercerse, debiendo los Ayuntamientos clausurar las actividades de inmediato

Para realizar esta regularización, es necesario comprobar si se cumplen determinados REQUISITOS que establece la legislación.

Desde el despacho de Rodriguez y Asociados, nos encargaremos de tramitar estas solicitudes y analizar el cumplimiento de todos los requisitos con la colaboración de los técnicos competentes en la materia.

Para cualquier aclaración adicional, no duden en ponerse en contacto con nuestro despacho.

Sin otro particular reciba un cordial saludo

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