CIRCULAR INFORMATIVA 11/2021
AYUDAS PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS POR CUENTA PROPIA Y AUTÓNOMAS, BENEFICIARIAS DE LA PRESTACIÓN DE CESE DE ACTIVIDAD POR LA COVID-19
Estimados clientes,
En el DECRETO 22/2021, de 5 de febrero, del Consell, se han aprobado las bases reguladoras y concesión directa de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, beneficiarias de la prestación de cese de actividad por la Covid-19:
PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS:
1. Serán beneficiarias de las ayudas las personas trabajadoras autónomas afectadas por la pandemia con la condición de que sean beneficiarias de las prestaciones extraordinarias COVID-19 de la Seguridad Social, en los meses de enero, febrero o ambos de 2021.
2. Tener el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana
3. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
IMPORTE DE LAS AYUDAS
1. La cuantía de la ayuda ascenderá a:
a) Un máximo de 300,00 euros por persona beneficiaria de la prestación extraordinaria Covid-19 de la Seguridad Social durante los meses de enero y febrero del 2021.
b) Un máximo de 150,00 euros por persona beneficiaria de la prestación extraordinaria Covid-19 de la Seguridad Social durante el mes de enero o durante el mes de febrero de 2021.
2. Los créditos que financiarán estas ayudas ascienden a 8.000.000,00 de euros.
PLAZO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS
1. El plazo para la presentación de solicitudes y documentación anexa se iniciará a las 09.00 horas del 15 febrero de 2021 y finalizará a las 23.59 horas del 28 de febrero de 2021.
Les informamos que desde nuestras oficinas estamos gestionando las AYUDAS a todos nuestros clientes que cumplen con los requisitos establecidos en esta norma, en caso de que algún cliente desee gestionarlo de manera personal y no través de la asesoría, rogamos lo ponga en nuestro conocimiento antes de la fecha de solicitud de citas y presentación.
Ante cualquier duda o para completar los contenidos pueden contactar con nuestro despacho.
Para cualquier aclaración o ampliación pueden contactar con nuestro despacho.
Atentamente,