¿Autónomo societario? Recupera lo pagado de más
¿Son compatibles los autónomos con la tarifa plana? Pues por fin podemos decir que sí. Este tema ha sido muy demandado y ha llevado a los tribunales a la Seguridad Social. En algunas de las ocasiones, ésta ha salido perdiendo. Debido a ello, ha sido la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la TGSS la que ha emitido un comunicado dedicado a los autónomos societarios y tarifas planas en este año 2020. En este comunicado, afirma que los autónomos societarios podrán acceder a las ventajas de la tarifa plana, reconociendo la doctrina jurisprudencial.
Han tenido que pasar tres años y gran cantidad de sentencias para que, por fin, los autónomos societarios puedan acceder a estos beneficios de la tarifa plana. Y es por eso por lo que en el caso de que quieras emprender un negocio es tu momento. Si quieres crear una sociedad limitada en este artículo te lo contamos todo. Pincha aquí para acceder al artículo y conocer todo lo necesario para convertirte en un empresario estrella.
Aunque esta noticia sobre los autónomos societarios y las tarifas planas en 2020 es todavía algo que acaba de sentenciarse. Desde Rodríguez y Asociados queremos explicar una serie de criterios que debemos conocer. Si este tema te toca de cerca no dudes en seguir leyéndonos para saber más.
La tarifa plana y autónomos societarios en 2020
Desde el momento en que se creó y entró en vigor la tarifa plana, siempre se han puesto pegas a que se beneficien de ella los autónomos societarios. Incluso cabe mencionar, que no se sabe si se aplicará alguna distinción respecto a estas bonificaciones para los autónomos.
Los motivos a los que la Administración se sujetaba para no conceder esta bonificación a los autónomos societarios son los siguientes:
- En cuanto a la primera es que en el artículo sobre la tarifa plana no menciona en ningún momento a los autónomos societarios. Solo hace referencia a los socios de las sociedades laborales y aquellos de las cooperativas. El artículo, hoy en día continúa siendo el mismo, ya que es la Seguridad Social la que debe de tomar la decisión.
- Debido a que los socios de sociedades de capital pueden considerarse una figura distinta a la de autónomo, siendo comparados con autónomos miembros de sociedades cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles, o incluso compañías comanditarias, puesto que en este tipo de sociedades los contribuyentes responden ante deudas con todo su patrimonio. Esto se debe a que su responsabilidad está limitada al capital que aporta la empresa.
¿Cómo serán los tramos de la tarifa plana para los autónomos societarios en 2020?
Viendo con detenimiento el artículo en el que se explica la ayuda de los autónomos societarios y las tarifas planas en 2020, podemos destacar que la cuota para los autónomos societarios es mayor en comparación con el resto de los autónomos. Esto se debe a que la base mínima de cotización de la que se parte es de 1.214,10 euros, por lo que se fija una cuota mensual de 367,8 euros.
Si estudiamos los tramos de la tarifa plana para los autónomos societarios:
- Durante el primer tramo, el autónomo que quiera la base mínima tendrá que pagar sesenta euros durante los primeros doce meses. Y como debemos de tener en cuenta que es posible que la base de cotización sea mayor, también es probable que se incrementen los sesenta euros.
- En el segundo tramo el pago será del cincuenta por ciento. Dependiendo de la base de cotización y las contingencias. Pero esto solo ocurrirá en los seis meses posteriores al primer tramo. Tendría una equivalencia de 183,9 euros al mes.
- En el transcurso del tercer tramo habrá una reducción del treinta por ciento durante tres meses. Y seguido de esto, al pagar el setenta por ciento de la cuota, el importe sería de 257,46 euros al mes.
- El cuarto tramo sería igual que el tercero.
¿Qué ocurre con los que ya son autónomos societarios?
En el escrito que realizó la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones sobre autónomos societarios y las tarifas planas en 2020 se especifican distintos tipos de autónomos societarios que pueden afectarle estos criterios:
- Aquellos que son autónomos societarios y no se beneficiaron de la tarifa plana cuando se dieron de alta en el RETA.
- Lo autónomos que pidieron un cambio de criterio a la Seguridad Social. O en el caso de que fueran a los tribunales y obtuvieron un no como respuesta.
- Los autónomos que tengan alguna de reclamación interpuesta en estos momentos.
Si te encuentras en el primero o en el segundo caso, es importante que sepas que puedes recuperar el dinero que pagaste de más por no ser beneficiario de la tarifa plana. Para ello debes de poner una reclamación en el órgano correspondiente. Después deberán concédetela y devolverte todo el dinero que pagaste. No pierdas esta oportunidad y solicita lo que es tuyo.
La cuota para los autónomos societarios mayores de cincuenta años
Todavía no se conoce cómo debe de realizarse. Sin embargo, se cree que se debe de llevar a cabo de igual forma que aquellas personas que tienen que reclamar cuotas mal cobradas. Y una cosa con la que debemos de contar es que el plazo del que disponemos para presentar estas reclamaciones es de tres meses. Esto debemos de tenerlo presente para que no se nos pasen los plazos de preinscripción.
En cualquiera de los casos no dudes en contar con Rodríguez y Asociados. Somos expertos en trámites de autónomos societarios y las tarifas planas en 2020. Si deseas información más completa nos ponemos a tu disposición. Te aseguramos que con nuestras gestiones conseguirás obtener los mayores beneficios de forma legal y segura. Conocemos todo tipo de cuestiones y nos comprometemos a ayudarte en lo que necesites. Además, nuestra experiencia y disponibilidad nos hace únicos y destacables en nuestro trabajo. Si quieres informarte mejor llama a nuestro número de teléfono. O bien puedes consultar nuestra página web pinchando aquí.