Nuevo SMI para 2023
El pasado día 15 de Febrero apareció publicado en el BOE el Real Decreto 99/2023 que actualiza el salario mínimo interprofesional. La cantidad fijada para el 2023 es de 1.080 euros mensuales en un total de 14 pagas. Esto eleva en 80 euros más al mes el anterior importe. Aunque el incremento se ha aprobado el día 15 del segundo mes del año, tendrá carácter retroactivo desde el 1 de Enero de 2023
Incremento del 8%
Esto significa un aumento de 8% con respecto al año anterior, en un intento de igualar el SMI a la subida del IPC motivada por la situación geopolítica (guerra de Ucrania principalmente).
- Se establece asimismo un SMI de 36 euros/ día (o sea, 1.080 euros al mes). Dependiendo de la actividad se deberá elegir entre una u otra modalidad.
- El salario de la jornada legal queda establecido en 51,15 euros. Importe fijado para los eventuales o temporeros/as, siempre que no su trabajo no exceda los 120 días en la empresa.
- El precio de la hora, queda fijado en 8,45 euros / hora. Utilizado normalmente para los empleados/as del hogar.
Para las jornadas parciales, se calculará la parte proporcional del salario. Por ejemplo, en un contrato de 20 horas semanales, el salario será del 50%.
Repetimos, que aunque oficialmente entró en vigor el 16 de febrero, es de obligada aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2023.
Excepciones del nuevo SMI
No obstante debemos analizar una serie de supuestos en los que el nuevo SMI no será aplicado.
- En primer lugar, las entidades públicas que utilizan el SMI para el cálculo de prestaciones, benéficos, etc, seguirán usando el SMI del año 2022.
- A los contratos previamente acordados que utilicen el SMI como referencia, salvo que ambas partes pacten actualizarlo.
Si tiene usted dudas sobre la aplicación del nuevo SMI no dude en ponerse en contacto con nosotros para que le asesoramos.