Legalización de los libros contables: plazo y sanciones
En nuestro artículo de este mes os vamos a hablar sobre el procedimiento para legalizar los libros contables. Hablaremos de las diferentes clases, de qué sujetos están obligados, de cómo se deben presentar y de los plazos que disponemos para su legalización en 2023. Así mismo, trataremos sobre las diferentes sanciones a las que nos podemos ver sometidos en caso de no cumplir con nuestras obligaciones contables. Si necesitas ayuda al respecto, recuerda que puedes contar con la Asesoría Rodriguez y Asociados.
¿En qué se basa la legalización de los libros contables?
Legalizar los libros contables de las empresas es una obligación que se establece por una serie de reglamentos y leyes. En primer lugar, por Reglamento del Registro Mercantil (artículo 329), además de la Ley General Tributaria (artículo 29).
¿Qué libros contables podemos encontrar?
En el día a día de nuestra contabilidad, podemos encontrarnos con dos tipos de libros. Los llamados “contables” y los “societarios».
En el caso de los primeros, los libros contables, dispondremos así mismo del Libro Diario, donde debemos registrar todas las operaciones que tengan que ver con el día a día de la sociedad y por otro lado tenemos el Libro de Inventarios y Cuentas Anuales. Este último se abre con un balance inicial y cada tres meses debemos transcribir en él los balances de sumas y saldos. Una vez acabado el año, procederemos a anotar el inventario de cierre y cuales han sido las cuentas anuales del ejercicio.
Sobre los libros societarios comentar que existen los siguientes. El Libro de Actas, donde se anotan los acuerdos que se toman en las Juntas Ordinarias o Extraordinarias y los Órganos colegiados de la sociedad. Contamos también con el Libro de Socios: utilizado normalmente por las sociedades limitadas. En tercer lugar encontramos el Libro de Acciones Nominativas: que se utiliza en las sociedades anónimas. Y por último, el Libro de Contratos entre la sociedad y el Socio único: que únicamente se utiliza en las sociedades unipersonales.
¿Cuándo deben legalizarse y qué excepciones existen?
Los libros serán legalizados cada año, aunque existen una serie de excepciones que debemos tener en cuenta. Por ejemplo, el Libro de actas, podrá ser enviado cada vez que se suceda alguna reunión o bien cada tres meses. El Libro de socios (Sociedades Limitadas) o de acciones nominativas (Sociedades Anónimas), sólo se debe legalizar si se registran cambios..
¿Quiénes deben presentar libros contables?
Lo normal es que toda persona empresaria – artículo 25 Código de Comercio – deba hacerlo. Además, aquellas personas obligadas a estas inscritos en el Registro Mercantil – artículo 81 Reglamento del Registro Mercantil; Así mismo los sujetos inscritos en el Registro Mercantil siguiente las normas de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista; Todo aquel que deba llevar una contabilidad según las normativa del Código de Comercio – artículo 68 del Reglamento del IRPF; y por último, todo empresario individual, que aunque no tenga que inscribirse en el Registro Mercantil, cuando hayan optando por el IRPF en el régimen de estimación directa, deban llevar su contabilidad.
No obstante, toda esta información es meramente informativa. Si tienes dudas al respecto, desde Rodríguez y Asociados nos ponemos a tu disposición para ayudarte.